A8 ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de julio de 2021
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Duración
- La Sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de 5 años renovables
Objeto social
El objeto de la Sociedad será la construcción, ampliación de edificios, construcciones de cualquier naturaleza y de toda clase de obras civiles como también la construcción de viviendas económicas regidas por el decreto con fuerza de ley número 2 de 1959, sus modificaciones posteriores o normas pertinentes que se dicten en el futuro, o de casas o departamentos no acogidos a tales rubros, como diseño, montaje de ferias, exposiciones y eventos, loteos, urbanizaciones, transformaciones, desarrollo de proyectos inmobiliarios, como a si mismo la compra y venta de todo tipo de inmuebles, administración de los mismos, en general, toda actividad relacionada con la construcción de edificios, viviendas, obras civiles, de riego o hidráulicas, para personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Titular 7ª Notaría Santiago, Agustinas Nº 1161, Entrepiso, certifica:- Por escritura hoy, ante mí comparecieron:- don Juan Cristian Ignacio Díaz Aros, y don Maximiliano Andrés Díaz Cerezo, ambos domiciliados en calle Badajoz N° 100, oficina 520, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, transformaron y modificaron la sociedad, “A8 ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA”, Rut: 76.000.004-3, nscrita a fojas 42.216, número 30.222, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2007, en el siguiente sentido: 1) transformaron la sociedad, modificando su tipo social, desde una sociedad de responsabilidad limitada a una sociedad por acciones, fijándose sus estatutos, de los cuales extracto lo siguiente: Razón social: A8 ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN SpA.- Objeto: El objeto de la Sociedad será la construcción, ampliación de edificios, construcciones de cualquier naturaleza y de toda clase de obras civiles como también la construcción de viviendas económicas regidas por el decreto con fuerza de ley número 2 de 1959, sus modificaciones posteriores o normas pertinentes que se dicten en el futuro, o de casas o departamentos no acogidos a tales rubros, como diseño, montaje de ferias, exposiciones y eventos, loteos, urbanizaciones, transformaciones, desarrollo de proyectos inmobiliarios, como a si mismo la compra y venta de todo tipo de inmuebles, administración de los mismos, en general, toda actividad relacionada con la construcción de edificios, viviendas, obras civiles, de riego o hidráulicas, para personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado.- Duración: La Sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de 5 años renovables.- Capital: El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000, el cual estará dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, las que se suscriben y pagan del siguiente modo: don Juan Cristian Ignacio Díaz Aros suscribe 99 acciones, por la suma de $9.900.000, las cuales se encuentran pagadas con anterioridad a este acto; y don Maximiliano Andrés Díaz Cerezo suscribe 1 acciones, por la suma de $100.000, las cuales se encuentran pagadas con anterioridad a este acto. 2) Se modifica la administración la sociedad transformada, revocando el mandato otorgado a don Juan Cristian Ignacio Díaz Aros y designándose como Gerente General de la sociedad a don PEDRO MARIA SANCHEZ SANCHEZ, quien actuará con todas y cada uno de las facultades señaladas en el Artículo Décimo de los estatutos sociales, el cual se tiene por reproducido para todos los efectos.- El capital se encuentra totalmente suscrito y pagado.- Demás estipulaciones constan escritura extractada. Se facultó al portador de extracto para legalización.- Santiago, 30 de Julio de 2021.