SOLUCIONES Y SERVICIOS TECNOLÓGICOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de julio de 2021
- Notario
- NATALIA VALERIA RAMIREZ ARANDA
- Domicilio
- Viña del Mar
- Comuna
- Viña del
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNATALIA VALERIA RAMIREZ ARANDA, Notario Público Viña del Mar, suplente del titular don LUIS ENRIQUE FISCHER YÁVAR, con domicilio en calle 12 Norte 785, 3º Piso, Viña del Mar, certifico que por escritura pública de 15 de julio de 2021, ante mí, don LUIS MILENKO ESCOBAR OYARCE, cédula de identidad número 9.793.736-2, don CRISTIAN MANUEL AGUILERA DIAZ, cédula de identidad número 12.346.993-3, don PATRICIO MANUEL ALVAREZ VERGARA, cédula de identidad número 14.516.112-6, y don JUAN PABLO FLORES GUTIÉRREZ, cédula de identidad número 15.719.632-4, todos domiciliados para estos efectos en la ciudad de Santiago, Avenida Los Leones número doscientos veinte, oficina seiscientos dos, Providencia, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOLUCIONES Y SERVICIOS TECNOLÓGICOS LIMITADA”, también conocida con el nombre de fantasía “SST LTDA.”, RUT 76.290.010-6, con domicilio social en la Ciudad de Santiago, comuna de Providencia, constituida por escritura pública de fecha 15 de junio del año 2005, anotada en el Repertorio con el número 509/2005, en la Notaría de Viña del Mar, de doña María Victoria Lucares Robledo. Un extracto del pacto social fue publicado en el Registro de Comercio del año 2005, a cargo del Conservador de Comercio de Villa Alemana. La sociedad ha sido objeto de las siguientes modificaciones: a) Modificación pactada por escritura de fecha 16 de enero de 2006, Repertorio número 45/2006, otorgada en Viña del Mar, en la Notaría de doña María Victoria Lucares Robledo. Un extracto de esta modificación se publicó en el Diario Oficial número 38.380, de fecha 3 de febrero de 2006 y se inscribió a fojas 7 número 8, en el Registro de Comercio de Villa Alemana del año 2006; b) Modificación pactada por escritura de fecha 17 de noviembre del año 2006, otorgada en Viña del Mar, en la Notaría de doña María Victoria Lucares Robledo. Un extracto de esta modificación se publicó en el Diario Oficial número 38.622, de fecha 24 de noviembre del 2006 y se inscribió a fojas 108 vuelta número 89, en el Registro de Comercio de Villa Alemana del año 2006; c) Modificación pactada por escritura pública de fecha 30 de marzo del año 2007, Repertorio número 371/2007 en la Cuarta Notaría de Viña del Mar, de doña María Victoria Lucares Robledo. Un extracto de esta modificación se publicó en el Diario Oficial número 38.733, de fecha 9 de abril del año 2007 y se inscribió a fojas 29 vuelta número 30 del Registro de Comercio de Villa Alemana, del año 2007. Dentro de esta modificación se estableció que el nuevo domicilio social será la ciudad de Santiago, comuna de Providencia. Dado lo anterior un extracto de esta modificación se inscribió a fojas 14.694 número 10.841, del Registro de Comercio de Santiago, del año 2007. d) Finalmente, esta sociedad se modificó por escritura pública de fecha 27 de noviembre del año 2008, Repertorio número 1188/2008 en la Cuarta Notaría de Viña del Mar, de doña María Victoria Lucares Robledo. Un extracto de esta modificación se publicó en el Diario Oficial número 39.229, de fecha 4 de diciembre del año 2008 y se inscribió a fojas 60.798 número 42.165 del Registro de Comercio de Santiago, del año 2008. El capital social suscrito y pagado de la sociedad, es la suma de $3.000.000.-. CESIONES DE DERECHOS: a) Por este acto don Luis Milenko Escobar Oyarce, vende, cede y transfiere a don Patricio Manuel Álvarez Vergara, quien compra y acepta para sí, el equivalente a un uno coma setenta y cinco por ciento (1,75 por ciento ), de los derechos sociales que le pertenecen en la sociedad “Soluciones y Servicios Tecnológicos Limitada”. El precio de esta cesión es la suma de $472.665.-, que el cedente, declaró recibir en el acto en dinero efectivo de parte del cesionario, dando por íntegramente pagado el precio de esta cesión, b) Por este acto don Luis Milenko Escobar Oyarce, vende, cede y transfiere a don Juan Pablo Flores Gutiérrez, quien compra y acepta para sí, el equivalente a un veintitrés coma setenta y cinco por ciento (23,75 por ciento ), de los derechos sociales que le pertenecen en la sociedad “Soluciones y Servicios Tecnológicos Limitada”. El precio de esta cesión es la suma de $6.414.734.-, que el cedente, declaró recibir en el acto en dinero efectivo de parte del cesionario, dando por íntegramente pagado el precio de esta cesión. MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD: Las cesiones precedentemente pactadas, generan las siguientes modificaciones en el pacto social primitivo: La sociedad quedará compuesta por los socios: don Luis Milenko Escobar Oyarce, don Cristian Manuel Aguilera Díaz, don Juan Pablo Flores Gutiérrez y don Patricio Manuel Álvarez Vergara. El Capital social se mantiene en la suma de tres millones de pesos. La distribución de este capital y las respectivas participaciones, modifican las cláusulas “Sexto” y “Décimo”, del pacto social primitivo, quedando de la siguiente manera: Cláusula “SEXTO: CAPITAL SOCIAL: El capital social será la suma de tres millones de pesos, que se entera y paga de la siguiente forma: a) socio don Luis Milenko Escobar Oyarce, la suma de un millón cuatrocientos veinticinco mil pesos; b) socio don Patricio Manuel Álvarez Vergara, la suma de setecientos doce mil quinientos pesos; c) socio don Cristian Manuel Aguilera Díaz, la suma de ciento cincuenta mil pesos; y d) socio Juan Pablo Flores Gutiérrez, la suma de setecientos doce mil quinientos pesos. Declaran los socios que todos los aportes ya se encuentran enterados en la caja social. Cláusula “DECIMO: BALANCE Y DISTRIBUCIÓN DE RESULTADOS: al treinta y uno de diciembre de cada año, se practicará un balance general de las operaciones sociales confeccionándose previamente en la misma fecha un inventario general. Las utilidades o pérdidas que pudieren resultar en cada ejercicio se repartirán en proporción a los aportes de cada socio, esto es, un cuarenta y siete coma cinco por ciento (47,5 por ciento ), para el socio don Luis Milenko Escobar Oyarce, un veintitrés coma setenta y cinco por ciento (23,75 por ciento ) para el socio don Patricio Manuel Álvarez Vergara, un veintitrés coma setenta y cinco por ciento (23,75 por ciento ) para el socio don Juan Pablo Flores Gutiérrez y un cinco por ciento (5 por ciento ), para el socio don Cristian Manuel Aguilera Díaz. Los actuales socios, acuerdan modificar el plazo de vigencia de la sociedad, estipulando que a partir de esta fecha será de DIEZ años, renovables tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social y el envío de una carta certificada, dirigida al domicilio señalado en la comparecencia, con una anticipación de a lo menos, tres meses antes del fin del respectivo período. En lo no modificado las partes mantienen en su integridad el pacto social primitivo. Viña del Mar, a 30 de julio del año 2021.