MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD DE SERVICIOS HOTELEROS SpA

RUT 77528410-2 CVE 1989710
Capital
$2.000.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de agosto de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de agosto de 2021
Notario
VERÓNICA FABIOLA DACHELET CIFUENTES
Domicilio
Talca
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000.000 CLP

Objeto social

Aprueban ampliar el objeto social, agregando al ya existente lo siguiente: “arrendamiento de bienes inmuebles comerciales”. En razón de lo anterior, se modifica el artículo 4° del pacto social, referente al objeto social, el cual queda como sigue: ARTÍCULO CUARTO: El Objeto de la sociedad será: A) La importación, exportación, compraventa, distribución, representación, consignación y comercialización de toda clase de productos destinados al desarrollo de la industria hotelera, turística y gastronómica, y la realización de todas las actividades relacionadas directa o indirectamente con este objeto; B) La actuación como mandataria, agente, comisionista o representante de toda clase de personas y de empresas, nacionales o extranjeras, en las actividades propias del giro social; y C) arrendamiento de bienes inmuebles comerciales”.- II. Modificación de administración social. Aprueban modificar administración respecto de administradores suplentes. En razón de lo anterior se modifica el artículo 12° del pacto social, relativo a la administración, el cual queda como sigue: “ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: La administración la ejercerán, en todo caso, dos administradores quienes para todos los efectos serán don FLOREAL USAN GARCIA y don ALBOR USAN GARCIA, quienes actuando de forma conjunta, separada e indistinta representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad, tendrán a su cargo la atención inmediata de los negocios sociales, el manejo del giro ordinario, y para el cumplimiento del objeto social, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o el ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO de estos Estatutos le otorgan, aun las que se establezcan como privativas de la Junta de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERÓNICA FABIOLA DACHELET CIFUENTES, Notario Público de Talca, Suplente del Titular don ENRIQUE PEDRO ORTIZ SCHINDLER, ambos con oficio en 1 Sur Nº 898, Talca, CERTIFICO: Por escritura pública, hoy ante mí, se redujo acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas de la SOCIEDAD DE SERVICIOS HOTELEROS SpA, del giro de su denominación, RUT Nº 77.528.410-2, celebrada el 02.08.2021. La sociedad se constituyó como sociedad de responsabilidad limitada por E.P. de 07.11.2000 ante Notario Público de la 9 Notaría de Santiago, don Fernando Opazo Larraín, inscrita a Fs. 30.061 N° 23.917 del Registro de Comercio del CBR de Santiago, año 2000, y publicado en D.O. de 13.11.2000.- Modificada por: 1) E.P. de 02.12.2002 en Notaria de Santiago de don Hernán Guzmán Iturra, inscrita a Fs. 33.607 N° 27.108 del Registro de Comercio del CBR de Santiago, año 2002 y publicado en D.O. de 11.12.2002.- 2) E.P. de 18.06.2009 otorgada ante Notario Público de Santiago don Hernán Guzmán Iturra, inscrita a Fs. 33.594 N° 22.883 del Registro de Comercio del CBR de Santiago, año 2009, y publicado en D.O. N° 39.423 de 29.07.2009; 3) Transformada a sociedad por acciones por E.P. de 23.07.2014 otorgada ante Notario Público Titular de la 2 Notaría de Providencia don Fernando Celis Urrutia, extracto inscrito a Fs. 61.869 N° 37.983 del Registro de Comercio del CBR de Santiago, año 2014 y publicado en D.O. N° 40.923 de 02.08.2014, extracto rectificatorio de Fs. 61.872 N° 37.984 del Registro de Comercio del CBR de Santiago, año 2014 y publicado en D.O. N° 40.940 de 23.08.2014; y 4) E.P. de 26.09.2017 otorgada ante Notario Público de Santiago, titular de la 2 de Providencia don Fernando Celis Urrutia, extracto inscrito a Fs. 78.177 N° 42.074 del Registro de Comercio del CBR de Santiago del año 2017, y publicado en D.O. N° 41.888 de 20.10.2017.- Capital actual: $2.000.000.000.-La Junta, acordó: I. Modificación de objeto social. Aprueban ampliar el objeto social, agregando al ya existente lo siguiente: “arrendamiento de bienes inmuebles comerciales”. En razón de lo anterior, se modifica el artículo 4° del pacto social, referente al objeto social, el cual queda como sigue: ARTÍCULO CUARTO: El Objeto de la sociedad será: A) La importación, exportación, compraventa, distribución, representación, consignación y comercialización de toda clase de productos destinados al desarrollo de la industria hotelera, turística y gastronómica, y la realización de todas las actividades relacionadas directa o indirectamente con este objeto; B) La actuación como mandataria, agente, comisionista o representante de toda clase de personas y de empresas, nacionales o extranjeras, en las actividades propias del giro social; y C) arrendamiento de bienes inmuebles comerciales”.- II. Modificación de administración social. Aprueban modificar administración respecto de administradores suplentes. En razón de lo anterior se modifica el artículo 12° del pacto social, relativo a la administración, el cual queda como sigue: “ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: La administración la ejercerán, en todo caso, dos administradores quienes para todos los efectos serán don FLOREAL USAN GARCIA y don ALBOR USAN GARCIA, quienes actuando de forma conjunta, separada e indistinta representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad, tendrán a su cargo la atención inmediata de los negocios sociales, el manejo del giro ordinario, y para el cumplimiento del objeto social, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o el ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO de estos Estatutos le otorgan, aun las que se establezcan como privativas de la Junta de Accionistas. En el evento que el administrador don FLOREAL USAN GARCIA fallezca, se incapacite por causas legales sobrevinientes, sea declarado en insolvencia, se ausente del país, por más de seis meses, sea declarado interdicto por demencia o disipación, según sea el caso, se nombrará como administrador suplente don FELIPE MARTIN USAN HENRÍQUEZ, cédula nacional de identidad número dieciséis millones seiscientos sesenta mil ochocientos sesenta y nueve guion cuatro; y sin necesidad de acreditar la circunstancia anteriormente señalada ante terceros, continuará ejerciendo la administración de la sociedad el otro administrador don ALBOR USAN GARCIA y don FELIPE MARTIN USAN HENRÍQUEZ, quienes actuando de forma conjunta representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad, tendrán a su cargo la atención inmediata de los negocios sociales, el manejo del giro ordinario, y para el cumplimiento del objeto social, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o el ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO de estos Estatutos le otorgan, aun las que se establezcan como privativas de la Junta de Accionistas. En el evento que ambos administradores don FLOREAL USAN GARCIA y don ALBOR USAN GARCIA se encuentren a la vez en alguna de las siguientes situaciones, sin necesidad de que se trate de la misma: fallezcan, se incapaciten por causas legales sobrevinientes, sean declarados en insolvencia, se ausenten del país por más de seis meses, sean declarados interdictos por demencia o disipación, según sea el caso, y sin necesidad de acreditar la circunstancia anteriormente señalada ante terceros, el administrador será don FELIPE MARTIN USAN HENRÍQUEZ, quien representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad, tendrá a su cargo la atención inmediata de los negocios sociales, el manejo del giro ordinario, y para el cumplimiento del objeto social, estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o el ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO de estos Estatutos le otorgan, aun las que se establezcan como privativas de la Junta de Accionistas. En el evento que ambos administradores FLOREAL USAN GARCIA y don ALBOR USAN GARCIA, así como el administrador suplente don FELIPE MARTIN USAN HENRÍQUEZ, se encuentren a la vez en alguna de las siguientes situaciones, sin necesidad de que se trate de la misma: fallezcan, se incapaciten por causas legales sobrevinientes, sean declarados en insolvencia, se ausenten del país por más de seis meses, sean declarados interdictos por demencia o disipación, según sea el caso, el único accionista o la Junta de Accionistas, según corresponda, deberá nombrar al nuevo administrador. El administrador o los administradores, según sea el caso, aparte de las atribuciones especiales que les confieren los estatutos, tendrán las siguientes obligaciones: a) Presidir las Juntas de Accionistas; b) Velar por el fiel cumplimiento de los acuerdos de las Juntas de Accionistas, de los Estatutos y de las normas legales y reglamentarias aplicables a esta clase de sociedades; c) Citar a las Juntas de Accionistas en las oportunidades que indican los Estatutos; d) Proponer a los accionistas todas las medidas que estime pertinentes para el mejor desarrollo de los negocios sociales y la organización de la empresa; e) Amonestar a los empleados superiores que se aparten del cumplimiento de sus deberes y, en casos graves, requerir su remoción, y f) Firmar la memoria anual de la sociedad y/o de las Juntas de Accionistas”.- III. Otras modificaciones estatuto social. Acuerdan modificar artículos 11°, 30° y 38° según da cuenta escritura extractada. En lo no modificado sigue vigente el pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Talca, a 02 de agosto de 2021.