NIKRO SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de julio de 2021
- Repertorio
- 3612/2021
- Comuna
- Providencia
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaria de Providencia, Avenida Providencia 1777, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, el 6 de Julio de 2021, Repertorio N° 3612/2021, doña JOYCE KARIME LEWELLYN TAME, chilena, divorciada, empleada independiente, cedula de identidad número nueve millones setecientos doce mil doscientos doce guion seis domiciliada en Pedro de Valdivia numero dos mil noventa y nueve, departamento numero setecientos cinco, comuna de Providencia, Región Metropolitana, redujo a escritura pública la junta general extraordinaria de accionistas de la sociedad NIKRO SpA, constituida con fecha seis de enero de dos mil veintiuno, mediante escritura pública otorgada ante el Notario Público de la ciudad de Santiago don Andrés Rieutord Alvarado, Titular de la trigésimo sexta Notaria de Santiago, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial Numero cuarenta y dos mil ochocientos cincuenta y siete de fecha dieciocho de enero de dos mil veintiuno, CVE numero uno ocho ocho uno tres ocho tres, inscrito a fojas cinco mil ciento diecisiete número dos mil noventa y cinco del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil veintiuno, celebrada el día 30 de junio de 2021, en la que asistiendo la totalidad de los accionistas y por unanimidad de ellos se acordó lo siguiente: Se modifica el artículo cuarto del estatuto social por el siguiente: Artículo Cuarto: La Sociedad tendrá por objeto, dedicarse por cuenta propia y/o de terceros y/o asociadas a terceros en el país o en el extranjero; a las siguientes actividades: uno) prestador de servicios de seguridad privada; dos) prestador de servicios de telecomunicaciones; tres) fabricación, comercialización, venta e instalación de equipos de seguridad y telecomunicaciones.- cuatro) la prestación de servicios en materias inherentes a seguridad privada, proyectos de seguridad, asesoría en todas sus expresiones que digan relación con la seguridad. Se encuentran comprendidas dentro de los ítems reseñados precedentemente las siguientes actividades y servicios: a) vigilancia y protección de bienes; b) escolta y protección de personas; c) transporte, custodia y protección de cualquier objeto de traslado lícito; d) la implementación de tecnologías, investigación, desarrollo, diseño, transformación, fabricación, producción, elaboración de productos eléctricos y/o electrónicos en general con destino a la seguridad privada y a las telecomunicaciones, insumos, maquinarias, repuestos, útiles y accesorios de utilización en los ramos de seguridad electrónica; e) distribución y representación de todo tipo de materiales eléctricos, electrónicos, productos y equipos o sistemas de seguridad de electrónica en general, productos eléctricos o electrónicos elaborados o semielaborados o a elaborarse, explotación de patentes de invención, marcas nacionales y extranjeras, diseños y modelos industriales; f) la aceptación y/o concesión de franquicias, distribuciones y/o representaciones; g) la prestación del servicio de monitoreo de equipos fijos y móviles, en rodados y personas y sistemas destinados a la seguridad electrónica y de telecontrol, incluyendo la recepción, transmisión, verificación y comunicación de eventos y/o alarmas a través de señales electrónicas; h) la participación en licitaciones privadas o públicas para la provisión de servicios y/o equipos relacionados con la actividad de la empresa.- La sociedad podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Para la prosecución del objeto, la sociedad tiene plena capacidad para realizar todos los actos y contratos que las leyes vigentes y este estatuto autorizan. Santiago, 6 de Julio de 2021.