SOCIEDAD DE INVERSIONES RSC LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de julio de 2021
- Notario
- ALEJANDRO AMÉRICO ÁLVAREZ BARRERA
- Oficio
- 41° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SOCIEDAD DE INVERSIONES SAN FRANCISCO LIMITADA | socio | 76070733-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO AMÉRICO ÁLVAREZ BARRERA, Notario Público de la 41° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 1160, subsu elo, Suplente del Titular don Félix Jara Cadot, certifico que: por escritura pública de hoy ante mí, SARA DEL CARMEN GALLARDO GALLARDO, C.I. N° 5.190.603-9, domi ciliada en Vital Apoquindo N° 1.055, departamento 1003, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, REX VIDAL ROJAS, C.I. N° 3.601.709-0, domiciliado en Las Tranqueras N° 117, oficina 1004 B, comuna de Las Con des, Región Metropolitana; los dos anteriores por sí y como únicos y actuales herederos de la SUCESIÓN DE DON RODRIGO ALEJANDRO VIDAL GALLARDO C.I. N° 10.583. 119-6, y SOCIEDAD DE INVERSIONES SAN FRANCISCO LIMITADA, RUT N° 76.070.733-3, domiciliada en Las Tranqueras N° 117, oficina 1004 B, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; acordaron modificar “SOCIEDAD DE INVERSIONES RSC LIMITADA”, RUT N° 76.070.741-4, ins crita fs. 42.125, Nº29.086, Registro Comercio Conservador Bienes Raíces de Santiago, año 2009, en el siguiente sentido: 1) Dar cuenta fallecimiento socio, liquidación, partición y adjudicación parcial de herencia. Se deja constancia que socio Rodrigo Alejandro Vidal Gallardo, C.I. N° 10.583.119-6 falleció el 14 de septiembre de 2017, dejando únicos herederos a sus padres, don Rex Vidal Rojas y doña Sara del Carmen Gallardo Gallardo, según consta en posesión efectiva inscrita en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 58.153, N° 80.925 del año 2020 anotada al margen de la inscripción de la sociedad. Rex Vidal Rojas y Sara del Carmen Gallardo Gallardo, liquidan, parten y adjudican derechos del causante en “SOCIEDAD DE INVERSIONES RSC LIMITADA”, que ascendían a 80%, de la siguiente forma: (i) a Rex Vidal Rojas, un 50% de dichos derechos sociales, que corresponde a un 40% del total de los derechos sociales en la sociedad; y (ii) a Sara del Carmen Gallardo Gallardo, un 50% de dichos derechos sociales, que corresponde a un 40% del total de los derechos sociales en la sociedad. Sociedad de Inversiones San Francisco Limitada, en su calidad de socia, acepta asignación de derechos. En virtud de lo anterior únicos socios de “SOCIEDAD DE INVERSIONES RSC LIMITADA” son: (i) REX VIDAL ROJAS, con 59% de los derechos sociales; (ii) SARA DEL CARMEN GALLARDO GALLARDO, con 40% de los derechos sociales; y (iii) SOCIEDAD DE INVERSIONES SAN FRANCISCO LIMITADA, con 1% de los derechos sociales. Los socios declaran estar de acuerdo con las sumas y con los porcentajes antes indicados, renunciando a cualquier acción que proceda. 2) Cesión de derechos sociales. SARA DEL CARMEN GALLARDO GALLARDO, con expresa autorización de los socios, vende, cede y transfiere, el total de los derechos sociales que le pertenecen en la Sociedad, que corresponden a un 40% a don REX VIDAL ROJAS, quien los compra, adquiere y acepta para sí. Precio y forma de pago detallada en escritura extractada. 3) Modificación de estatutos. Actuales socios acuerdan reemplazar íntegramente la cláusula quinta de estatutos por la siguiente: “QUINTO: El capital social es la cantidad de $1.000.000.-, que se aporta y paga por los socios de la forma siguiente: i) don REX VIDAL ROJAS, ha aportado la cantidad de $990.000.-, la que corresponde al 99% de los derechos sociales en la Sociedad, y se encuentra enterada con anterioridad a esta fecha; y ii) SOCIEDAD DE INVERSIONES SAN FRANCISCO LIMITADA, ha aportado la cantidad de $10.000.-, la que corresponde al 1% de los derechos sociales en la Sociedad. Los comparecientes declaran estar de acuerdo con los montos y porcentajes precedentemente indicados, los que para efectos del cálculo han sido aproximados, y se encuentra enterada con anterioridad a esta fecha”.- En todo lo no modificado en virtud de la presente escritura, permanecen íntegramente vigentes las demás disposiciones de los estatutos sociales, especialmente la estipulación que limita responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 14 de julio de 2021.