Instrumento
- Fecha
- 27 de julio de 2021
- Notario
- ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA
- Oficio
- 41ª. Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
Objeto social
a) el arrendamiento, operación y explotación de toda clase de vehículos, maquinarias y equipos, por cuenta propia o ajena, ya sea como propietaria, como arrendadora, como arrendataria, como usufructuaria o a cualquier otro título que posibilite el uso o goce; b) la compra, venta, comercialización, importación, distribución, intermediación y representación, de toda clase de bienes, productos, artículos, repuestos y accesorios relacionadas con la industria automotriz, de transporte y de carga; c) la organización, administración y explotación de negocios relacionadas a la actividad automotriz y del transporte, tales como estaciones de servicios, talleres de reparación, asistencia mecánica y técnica a vehículos, arriendo de maquinarias y equipos, servicios de grúa, etc.; d) la prestación de servicios de transporte de carga, mercaderías y personas, por todo tipo de medios y formas, por cuenta propia o de terceros; e) la inversión en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, títulos de crédito, derechos, acciones o efectos de comercio, de cualquier naturaleza que éstos sean, la percepción de sus frutos civiles y la reinversión de los mismos; f) La participación en o la formación de todo tipo de sociedades, asociaciones u otras estructuras para la ejecución de cualquier negocio; g) En general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los propósitos anteriores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público 41ª. Notaría Santiago, Suplente titular Félix Jara Cadot, Huérfanos 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública esta fecha ante mí, doña Dana Frenkel Farkas, doña Mijal Frenkel Farkas, doña Liat Navon Stern y doña Keren Navon Stern, constituyeron sociedad por acciones. Nombre: “SUPRA RENT A CAR SpA” .- Objeto: a) el arrendamiento, operación y explotación de toda clase de vehículos, maquinarias y equipos, por cuenta propia o ajena, ya sea como propietaria, como arrendadora, como arrendataria, como usufructuaria o a cualquier otro título que posibilite el uso o goce; b) la compra, venta, comercialización, importación, distribución, intermediación y representación, de toda clase de bienes, productos, artículos, repuestos y accesorios relacionadas con la industria automotriz, de transporte y de carga; c) la organización, administración y explotación de negocios relacionadas a la actividad automotriz y del transporte, tales como estaciones de servicios, talleres de reparación, asistencia mecánica y técnica a vehículos, arriendo de maquinarias y equipos, servicios de grúa, etc.; d) la prestación de servicios de transporte de carga, mercaderías y personas, por todo tipo de medios y formas, por cuenta propia o de terceros; e) la inversión en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, títulos de crédito, derechos, acciones o efectos de comercio, de cualquier naturaleza que éstos sean, la percepción de sus frutos civiles y la reinversión de los mismos; f) La participación en o la formación de todo tipo de sociedades, asociaciones u otras estructuras para la ejecución de cualquier negocio; g) En general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los propósitos anteriores.-- Capital: $20.000.000.- dividido 10.000.- acciones nominativas, de una serie y sin valor nominal. Doña Dana Frenkel Farkas, suscribe 3.334 acciones, que se obliga a pagar plazo 3 años contados desde esta fecha, en dinero efectivo; doña Mijal Frenkel Farkas, suscribe 3.333 acciones, que se obliga a pagar plazo 3 años contados esta fecha, en dinero efectivo; doña Liat Navon Stern, suscribe 1.667 acciones, que se obliga a pagar plazo 3 años contados esta fecha, en dinero efectivo y doña Keren Navon Stern, suscribe 1.666 acciones, que se obliga a pagar plazo 3 años contados esta fecha, en dinero efectivo. Misma escritura se designó a doña Carla Margarita Osorio Godoy, y a don Jonathan Joaquín Olivares Painemal, como administradores y apoderados de la Sociedad, para que la representen en la forma y con las facultades indicadas artículo segundo transitorio. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Santiago, 27 de julio de 2021.- Alejandro A. Alvarez B. Not Pub.