Instrumento
- Fecha
- 13 de julio de 2021
- Notario
- GUILLERMO CRISTIAN PEREZ DIAZ
- Oficio
- Cuarta Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $3.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
– El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este giro; y cualquier otro negocio que acordaren los
Administración
Gerente General: La sociedad será administrada por un Gerente General, pudiendo este ser accionista o no y esencialmente revocable, por la junta de accionistas; Poderes de Administración y
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUILLERMO CRISTIAN PEREZ DIAZ, Notario Público Titular Cuarta Notaría de Rancagua, Avenida La Compañía N°066 Graneros, certifica: Por escritura pública hoy ante mi, don MIGUEL HUGO CHACÓN ZEBALLOS, don PABLO CÉSAR PIÑA PÉREZ, y don PEDRO DAGOBERTO BOBADILLA LOBOS, todos abogados y domiciliados en la comuna de Rancagua, vienen en constituir una Sociedad por Acciones. Nombre. - El nombre de la sociedad será “IURISPARQUE SpA.”; El domicilio de la sociedad es la ciudad y comuna de Rancagua sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero; Objeto Social. – El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este giro; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.; Duración. - La sociedad tendrá una duración indefinida; Capital: El capital de la será la cantidad de tres millones de pesos dividido y representado en treinta acciones nominativas, todas de una misma y única serie sin valor nominal; De la administración: Gerente General: La sociedad será administrada por un Gerente General, pudiendo este ser accionista o no y esencialmente revocable, por la junta de accionistas; Poderes de Administración y Representación: Conforme al articulado el Gerente General tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, está investido de todas y las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición; De las Juntas de Accionistas: La sociedad a través de sus accionistas se reunirá en juntas ordinarias y extraordinarias. Las juntas ordinarias se celebrarán una vez al año, dentro del cuatrimestre siguiente a la fecha del balance general de la sociedad; Balance y Utilidades: Al treinta y uno de diciembre de cada año se practicará un balance general de las operaciones de la Sociedad; Disolución y Liquidación: La Sociedad se disolverá por acuerdo de Junta de Accionistas, y por las demás causales establecidas por la ley; Artículos transitorios.- Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad asciende a tres millones de pesos, dividido y representado en treinta acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, las cuales son suscritas de la forma siguiente, El capital social asciende a la suma de $3.000.000 (tres millones de pesos) y se encuentra dividido en 30 (treinta) acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal. El accionista don Miguel Hugo Chacón Zeballos, suscribe y paga en este acto 10 (diez) acciones lo que equivale al 33,34% del capital social, enterándose con ello la suma de $1.000.000 (un millón de pesos) en este acto en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad. El accionista don Pablo César Piña Pérez, suscribe y paga en este acto 10 (diez) acciones, lo que equivale al 33,33% del capital social, enterándose con ello la suma de $1.000.000 (un millón de pesos) en este acto en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad. El accionista don Pedro Dagoberto Bobadilla Lobos, suscribe y paga en este acto 10 (diez) acciones, lo que equivale al 33,33% del capital social, enterándose con ello la suma de $1.000.000 (un millón de pesos) en este acto en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad. Artículo Cuarto Transitorio: don Miguel Hugo Chacón Zeballos, asume como Gerente General de la Sociedad, quien, actuando individualmente, y anteponiendo su firma al nombre de la mandante, podrá representar a la Sociedad con todas y cada una de las facultades indicadas en el artículo Undécimo de los estatutos sociales, esto es, el Gerente General tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y también las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición. Demás estipulaciones escritura extractada. Graneros, 13 de Julio de 2021.