DISOLUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COOPERATIVA DE AHORRO, CREDITO Y SERVICIOS FINANCIEROS AHORROCOOP DIEGO PORTALES LIMITADA

RUT 81836800-3 CVE 1986632
Capital
$11.496.316.400 CLP
Fecha instrumento
9 de julio de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
9 de julio de 2021
Repertorio
3463-2021
Notario
PABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO
Oficio
Novena Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$11.496.316.400 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

La Cooperativa tendrá por objeto realizar con sus socios y terceros todas y cada una de las operaciones que la Ley General de Cooperativas, su reglamento y el Compendio de Normas Financieras del Banco Central permitan a las Cooperativas de Ahorro y Crédito; promover los principios y valores cooperativos entre sus asociados y propender al bienestar personal, económico y cultural de estos. Para el mejor cumplimiento de su objeto social, la Cooperativa podrá constituir empresas filiales, sociedades de apoyo al giro, fundaciones, corporaciones y todas las demás personas jurídicas que fuesen pertinentes, de conformidad con la reglamentación vigente. Domicilio y

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO, Abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos N°333, entrepiso, Santiago, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 9 de julio de 2021, bajo el repertorio N° 3.463-2021, otorgada ante mí, el compareciente don JOSE ANTONIO DIAZ LAGOS, domiciliado en Compañía de Jesús N° 1291, Of 803, Comuna de Santiago, redujo parte del Acta de la Junta General Extraordinaria de Delegados de la “COOPERATIVA DE AHORRO, CREDITO Y SERVICIOS FINANCIEROS AHORROCOOP DIEGO PORTALES LIMITADA.” Rol único tributario N° 81.836.800-3, de 17 de abril de 2021, se celebró virtualmente la Junta Extraordinaria de Delegados a través de video conferencia con software ZOOM, y se abrió la sesión, con veintiséis Delegados con sus mandatos vigentes, quienes aprobaron por unanimidad la Reforma de Estatutos Sociales de la “Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Financieros Ahorrocoop Diego Portales Ltda.” de acuerdo con la Ley General de Cooperativas y su Reglamento, disposiciones del Banco Central de Chile e instrucciones de la División de Asociatividad y Cooperativas dependiente del Ministerio de Economía Fomento y Turismo, fijándose el texto reformado de los Estatutos, en los términos siguientes: Razón social: Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Financieros Ahorrocoop Diego Portales Ltda., pudiendo usar la sigla Ahorrocoop Ltda., con la que podrá actuar en todas sus operaciones sociales. Objeto: La Cooperativa tendrá por objeto realizar con sus socios y terceros todas y cada una de las operaciones que la Ley General de Cooperativas, su reglamento y el Compendio de Normas Financieras del Banco Central permitan a las Cooperativas de Ahorro y Crédito; promover los principios y valores cooperativos entre sus asociados y propender al bienestar personal, económico y cultural de estos. Para el mejor cumplimiento de su objeto social, la Cooperativa podrá constituir empresas filiales, sociedades de apoyo al giro, fundaciones, corporaciones y todas las demás personas jurídicas que fuesen pertinentes, de conformidad con la reglamentación vigente. Domicilio y duración: El domicilio de la Cooperativa será la Ciudad de Santiago, pudiendo establecer sucursales y oficinas en cualquier lugar del país o del extranjero, cuando así lo acuerde el Consejo de Administración y tendrá una duración indefinida. El capital de la Cooperativa será variable e ilimitado, a partir del mínimo que fija el presente Estatuto y se incrementará con las sumas destinadas a su pago que hayan efectuado los socios por la suscripción de las cuotas de participación. El capital social asciende a la suma de $11.496.316.400, dividido en 114.963.164 cuotas de participación, con un valor de $94,91 cada una, al 31 de diciembre de 2020. Consejo de Administración se compondrá de 5 miembros elegidos en la Junta General de Delegados; los Consejeros durarán 3 años en sus funciones, renovándose anualmente por parcialidades; de entre sus miembros se elegirá cada año un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario. Los miembros que componen el Consejo de Administración podrán ser reelegidos para el mismo cargo. Los cargos a proveer al Consejo de Administración y/o Junta de Vigilancia, ya sea para titulares o suplentes, y siempre que la inscripción de candidatos y candidatas lo permita, deberá ser integrado en un porcentaje que represente cada género entre los asociados. Los delegados durarán en sus cargos como máximo 3 años, de manera que puedan asistir a más de una Junta General de Delegados, que se celebre durante ese periodo, ya sea una Junta General de Delegados ordinarias o Junta de Delegados extraordinarias. Las Juntas Generales de Delegados, sean ordinarias o extraordinarias y las Asambleas Locales de socios de la cooperativa podrán realizarse en forma presencial o a través de medios remotos, propendiendo a la participación de todos los socios o socios delegados. Se podrá suscribir el acta respectiva mediante firma electrónica, simple o avanzada. Disposiciones también aplicables a las sesiones del Consejo de Administración, Junta de Vigilancia, Comité de Educación, Comité de Crédito y cualquier otro órgano interno de carácter colegiado existente en la Cooperativa. Las Juntas Locales de Socios y Junta General De Delegados se pueden hacer entre los meses de enero y junio. Demás estipulaciones como asimismo otras modificaciones de los estatutos que permiten un mejor funcionamiento interno de la Cooperativa en texto reformado, actualizado e íntegro de la reforma del estatuto social constan en escritura extractada.