MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola Tannenberg Limitada

RUT 77001650-9 CVE 1986482
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de julio de 2021

Instrumento

Fecha
22 de julio de 2021

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Rodrigo Domínguez Jara, Notario Curicó, Estado 236, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 22 de Julio de 2021, don REINHARD BACHMANN, doña MARÍA SOLEDAD REYES FUENZALIDA, por sí y en representación de doña CRISTIANE BACHMANN REYES y de la sociedad INVERSIONES BACHMANN SpA, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Parcela quince, La Palmilla, comuna de Rauco, Región del Maule, modificaron la sociedad “Agrícola Tannenberg Limitada”, Rut. Nº 77.001.650-9, constituida por escritura pública de fecha 16 de Mayo de 1997, Curicó, ante mí, inscrita en extracto a fojas 113 Nº109 del Registro de Comercio de Curicó del año 1997. Sociedad ha sido modificada según señala escritura. El capital de la sociedad es de $2.000.000.- Doña María Soledad Reyes Fuenzalida, vende, cede y transfiere el 0,1% de los derechos sociales a la sociedad “Inversiones Bachmann SpA” quien, a través de su representante, los adquiere para sí. Precio, $600.000, pagados al contado en dinero efectivo. El capital social es la suma de $2.000.000, que los socios ya han aportado en dinero efectivo. En razón de lo anterior, se reemplazan los artículos séptimo y décimo tercero por los siguientes: “ARTÍCULO SÉPTIMO: El capital social es la suma de dos millones de pesos, que los socios ya han aportado en dinero efectivo, correspondiéndole a (i) don Reinhard Bachmann un nueve por ciento de los derechos sociales; (ii) doña María Soledad Reyes Fuenzalida un ochenta y uno coma nueve por ciento de los derechos sociales; (iii) doña Cristiane Bachmann Reyes un nueve por ciento de los derechos sociales; y (iv) la sociedad Inversiones Bachmann SpA un cero coma uno por ciento de los derechos sociales.”; y “ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: A falta de pacto en contrario, las utilidades se distribuirán en las mismas proporciones en que los socios participan en el capital social. En igual forma se soportarán las pérdidas, con el límite de sus respectivos aportes.” Lo no modificado permanece vigente. Otras estipulaciones, escritura extractada.- Modificaciones rigen desde la fecha presente escritura.- Curicó, 28 de Julio de 2021.