CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES SAN NICOLÁS, RODRIGO PATRICIO IBÁÑEZ FRANCK E.I.R.L.

RUT 13851969-4 CVE 1985993
Capital
$7.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de julio de 2021
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
8 de julio de 2021
Notario
ALFONSO GASTON DEL FIERRO ELGART
Domicilio
Valparaíso

Sociedad

Capital
$7.000.000 CLP
Domicilio
Valparaíso
Duración
5 años, renovable tácitamente por períodos iguales y sucesivos

Objeto social

Transporte, por vía terrestre, de pasajeros, mercaderías, carga y todo tipo de bienes en general, por cuenta propia o ajena, nacional o internacional; y la ejecución de todo otro acto de este giro o relacionado con éste

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALFONSO GASTON DEL FIERRO ELGART, Abogado, Notario Público Interino de Valparaíso, Prat 612, certifica: Por escritura hoy ante mí, RODRIGO PATRICIO IBÁÑEZ FRANCK, chileno, casado, arquitecto, de 40 años de edad, Rut N° 13.851.969-4, domiciliado en calle 4 Oriente N° 55, Viña del Mar, constituyó empresa individual de responsabilidad limitada. NOMBRE: “TRANSPORTES SAN NICOLÁS, RODRIGO PATRICIO IBÁÑEZ FRANCK E.I.R.L.", pudiendo actuar con el nombre de fantasía de “TRANSPORTES SAN NICOLÁS E. I. R. L.” OBJETO: Transporte, por vía terrestre, de pasajeros, mercaderías, carga y todo tipo de bienes en general, por cuenta propia o ajena, nacional o internacional; y la ejecución de todo otro acto de este giro o relacionado con éste. DOMICILIO: Valparaíso, sin perjuicio, establecer sucursales o agencias en otros puntos del país y/o del extranjero. ADMINISTRACIÓN Y USO DEL NOMBRE DE LA EMPRESA: Corresponderá al titular don Rodrigo Patricio Ibáñez Franck. CAPITAL: $7.000.000.- que se aporta por el constituyente de la siguiente forma: a) Con $4.000.000, que paga en este acto y se ingresan en la caja social; y b) Con $3.000.000, que se enterarán en el plazo de tres años, contados desde esta fecha, según las necesidades sociales lo requieran. Responsabilidad del constituyente queda limitada al monto del aporte. PLAZO: 5 años, renovable tácitamente por períodos iguales y sucesivos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Valparaíso, 08 de julio de 2021.