MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Importadora y Exportadora, Comercial Norte - Sur SpA

RUT 79587240-K CVE 1986042
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de junio de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de junio de 2021
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago , certifico: por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 30 de junio de 2021, se redujo a escritura pública acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas, celebrada con fecha 30 de junio de 2021, de la sociedad Importadora y Exportadora, Comercial Norte – Sur SpA, inscrita a fojas 12.856 número 6.642 del Registro de Comercio de Santiago del año 1985, en la que se acordó lo siguiente: Uno) Aumentar el capital de la sociedad, en la cantidad de $4.000.000, a través de la emisión de 396 nuevas acciones de pago ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, esto es, desde la cantidad de $1.100.000, dividido en 4 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, a la cantidad de $5.100.000, dividido en 400 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal; Dos) Como consecuencia de lo anterior se acordó reemplazar el artículo quinto de los estatutos de Importadora y Exportadora, Comercial Norte – Sur SpA relativo al capital social, por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad asciende a la cantidad de cinco millones cien mil pesos, dividido en cuatrocientas acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes, y se suscriben y pagan en la forma que establece el artículo primero transitorio. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes .”; y se sustituyó texto el artículo primero transitorio de los estatutos sociales, que no se extracta por no ser materia de este. En todo lo no modificado, rigen íntegramente los estatutos sociales de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 27 de julio de 2021.