COMERCIALIZADORA TODO RIEGO RG LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de julio de 2012
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHERNÁN FUENTES ACEVEDO, Notario Titular de Curicó, domiciliado en Carmen 498, Curicó, Certifica que por escritura hoy, ante mi RAMÓN GUILLERMO FUENTES TORRES, chileno, casado, licenciado en ingeniería, Run 11.371.991-5, domiciliado Agua Fría 1.318 Molina y GLADYS DEL CARMEN REYES URZÚA, chilena, casada, contadora, Run 8.668.769-0, domiciliada Parcela 9 Santa Carmencita, Romeral, en su calidad de únicos y actuales socios de COMERCIALIZADORA TODO RIEGO RG LIMITADA, rut:76232269-2, capital: $3.000.000, constituida por escritura pública el 19 de julio de 2012 ante René León Manieu notario Curicó, extracto publicado en Diario Oficial N°40.321 el 26 de julio de 2012 e inscrito Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces Curicó año 2012 a fojas 824 vuelta N°640, de conformidad al Artículo 1° y siguientes de la Ley 19.499 sanearon vicio de nulidad que adolece la sociedad, en el sentido de señalar que plazo de duración es de QUINCE AÑOS contados desde la fecha de celebración del pacto social primitivo, es decir, desde el 19 de julio de 2012, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno y no de duración indefinida. Con todo, los socios de común acuerdo, podrán ponerle término anticipado, disolver y liquidar la sociedad, conforme a las estipulaciones contenidas en la cláusula novena del pacto social primitivo. En todo lo no saneado sigue plenamente vigente las demás estipulaciones de la escritura pública de constitución de sociedad ya referida. Demás estipulaciones escritura extractada. Curicó 20 de julio de 2021.