Instrumento
- Fecha
- 26 de julio de 2021
- Notario
- PAULINA VALENZUELA VALDES
- Oficio
- 2° Notaría de Rengo
- Comuna
- Rengo
Sociedad
- Capital
- $3.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Rengo, Región del Libertador Bernardo O’Higgins
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) Desarrollar todo tipo de actividades como contratista, subcontratista y prestación de servicios, para empresas o entidades públicas o municipales, en relación a contratación o subcontratación de mano de obra.- b) La prestación y ejecución de servicios agrícolas de cualquier naturaleza, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista o subcontratista de mano de obra agrícola para todo tipo de labores o faenas agrícolas, como aradura, rastraje, nivelaciones, poda, amarre, embalaje, packing, traslados de personal y mercaderías, pudiendo contratar trabajadores nacionales o extranjeros para la prestación de sus servicios; desarrollar el transporte y traslado de personas u objetos, ya sea en vehículos propios o ajenos y en general la realización de cualquier otra actividad que los socios acuerden y que estén directa o indirectamente relacionados con las materias o giros señalados precedentemente
Administración
don JUAN CARLOS BEANI NUÑEZ y a doña ANNARELLA ESTELA AVELLO NUÑEZ, quienes podrán actuar conjunta, individual e indistintamente, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades obligando en iguales términos a la sociedad, y con todas las estipulaciones en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULINA VALENZUELA VALDES, abogado, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Rengo, con oficio en Avenida José Bisquertt numero 75-D, primer piso, certifico: Por escritura pública de fecha 26 de Julio de 2021, Rep. N°524-2021, ante mí, JUAN CARLOS BEANI NUÑEZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, factor de comercio, C.N.I. N° 7.071.313-6, y ANNARELLA ESTELA AVELLO NUÑEZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, labores de casa, C.N.I. N° 7.317.424-4, ambos domiciliados en Zacarías Ramos N°17, Población El Naranjal, Comuna de Rengo; por el presente acto e instrumento constituyen sociedad por acciones de cuyos estatutos, extracto lo siguiente: Razón social: Se constituye una sociedad por acciones que se denominará AGRICOLA BE & AVE SpA.- Domicilio: La ciudad de Rengo, Región del Libertador Bernardo O’Higgins, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o en el extranjero.- Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Desarrollar todo tipo de actividades como contratista, subcontratista y prestación de servicios, para empresas o entidades públicas o municipales, en relación a contratación o subcontratación de mano de obra.- b) La prestación y ejecución de servicios agrícolas de cualquier naturaleza, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista o subcontratista de mano de obra agrícola para todo tipo de labores o faenas agrícolas, como aradura, rastraje, nivelaciones, poda, amarre, embalaje, packing, traslados de personal y mercaderías, pudiendo contratar trabajadores nacionales o extranjeros para la prestación de sus servicios; desarrollar el transporte y traslado de personas u objetos, ya sea en vehículos propios o ajenos y en general la realización de cualquier otra actividad que los socios acuerden y que estén directa o indirectamente relacionados con las materias o giros señalados precedentemente.- Capital Social: El capital social de $3.000.000 dividido en 3000 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, que los accionistas constituyentes lo suscriben, pagan y enteran en este acto de la siguiente forma: a) Don Juan Beani Núñez suscribe y paga 2500 acciones por la suma de $2.500.000, pagada y aportada en dinero efectivo en el acto a la caja social.- b) Doña Annarella Estela Avello Núñez, suscribe y paga 500 acciones por la suma de $500.000, pagada y aportada en dinero efectivo en el acto a la caja social.- Duración: Indefinida.- Administración: don JUAN CARLOS BEANI NUÑEZ y a doña ANNARELLA ESTELA AVELLO NUÑEZ, quienes podrán actuar conjunta, individual e indistintamente, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades obligando en iguales términos a la sociedad, y con todas las estipulaciones en escritura extractada.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Rengo, 26 de Julio de 2021.