Inversiones Tensa SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de julio de 2021
- Repertorio
- 10369
- Notario
- GUSTAVO MONTERO MARTI
- Oficio
- Reemplazante de la 48° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUSTAVO MONTERO MARTI, Notario Público Reemplazante de la 48° Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo N°3.076, oficina 601, sexto piso, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: Que por escritura pública de fecha 9 de julio de 2021, Repertorio N°10.369, ante mi, se redujo Junta Extraordinaria de Accionistas de INVERSIONES TENSA SpA, de fecha 24 de junio de 2021. Junta mencionada fue realizada con presencia de notario reemplazante don Gustavo Montero Marti y con la concurrencia de la totalidad de los accionistas, se acordó por unanimidad lo siguiente: UNO. Aprobar una disminución del capital social de $2.000.000, dividido en 2.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, a la suma de $1.980.000, dividido en 1.980 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. La disminución de capital se efectuará mediante la restitución de $20.000 al accionista MARÍA CRISTINA YANY SAYEH, equivalente a la totalidad de su participación accionaria, esto es, 20 acciones, quien por tanto deja de ser accionista de la sociedad. DOS. Aprobar la modificación de los siguientes artículos del estatuto de la Sociedad producto de la disminución de capital aprobada: (a) El artículo Quinto de los estatutos sociales, sustituyéndolo por el siguiente: “Artículo Quinto. Capital. El capital de la sociedad es la suma de un millón novecientos ochenta mil pesos, dividido en mil novecientas ochenta acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad a la ley. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, según lo acuerde la respectiva Junta Extraordinaria de Accionistas. La avaluación de los aportes que no consistan en dinero será aprobada por la unanimidad de los accionistas. Tanto dicha avaluación como el pago de acciones con bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, distintos de dinero efectivo, deberá ser documentado por escritura pública. La parte del capital que corresponda a acciones que habiendo sido suscritas no sean pagadas dentro del plazo de cinco años desde la suscripción, se entenderá reducido de pleno derecho al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones suscritas y pendientes de pago tendrán los mismos derechos que le corresponden a las acciones que a la misma fecha se encuentren suscritas y pagadas, no existiendo al respecto diferencia alguna. Las disminuciones de capital, cuando se acuerden por la respectiva Junta de Accionistas, se efectuará en favor de todos los accionistas por igual y a prorrata de sus acciones, sin necesidad de cancelar acciones, sin perjuicio del derecho de cada accionista a renunciar a su derecho en la devolución de capital en favor de los otros accionistas, en cuyo caso será posible cancelar las respectivas acciones y materializar las devoluciones de capital en favor de uno o más accionistas exclusivamente”. (b) El Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales, sustituyéndolo por el siguiente: “Artículo Primero Transitorio. Capital. El capital de la sociedad es la suma de un millón novecientos ochenta mil pesos, dividido en mil novecientas ochenta acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se encuentra suscrito y ha sido pagado de la siguiente forma: Don SEBASTIÁN IGNACIO OJEDA YANY suscribió en el acto de transformación de la sociedad en sociedad por acciones, conforme consta en escritura pública de fecha veinticuatro de mayo de dos mil veintiuno, la cantidad de mil novecientas ochenta acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, a un valor de suscripción de mil pesos cada una, equivalente a un valor de suscripción total de un millón novecientos ochenta mil pesos, que se encuentran pagadas con anterioridad a esta fecha conforme a los aportes efectuados a la sociedad mientras giraba como sociedad de responsabilidad limitada.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de julio de 2021.