MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Inversiones León de Galicia S.A.

RUT 76378958-6 CVE 1984360
Capital
$15.165.289 CLP
Fecha instrumento
30 de junio de 2021
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
30 de junio de 2021
Notario
Notario Suplente de JORGE REYES BESSONE
Domicilio
Gran Av. J.M. Carrera Nº 4.886

Sociedad

Capital
$15.165.289 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto será la inversión, para la obtención de rentas civiles, en toda clase de bienes, y cualquier otra actividad que de común acuerdo determinen los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FERNANDO SEPULVEDA ROSAS, Abogado, Notario Suplente de JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular, Gran Av. J.M. Carrera Nº 4.886, San Miguel, certifico: Por escritura pública de fecha 30 de junio de 2021, ante el Notario Titular: Don ÁLVARO FLAÑO GARCÍA, accionista titular de 1.592.000acciones, doña MARÍA DE LOS ÁNGELES LARRONDO ORREGO, accionista titular de 8.000 acciones, y doña MARÍA ISABEL PURIFICACIÓN GARCÍA DOMÍNGUEZ, usufructuaria de 1.568.000 acciones, todos domiciliados en José Victorino Lastarria Nº 333, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, redujeron el Acta de Junta Extraordinaria De Accionistas N° 1-2021 de la Sociedad “Inversiones León De Galicia S.A.”, sociedad inscrita a fojas 462 vuelta, número 415 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso del año 2014, en que los mismos, únicos y actuales accionistas de la Sociedad, acordaron: 1) Dividir “INVERSIONES LEÓN DE GALICIA S.A.” en dos sociedades, con efecto a partir del día 30 de junio de 2021. La sociedad dividida conservará su razón social, personalidad jurídica y calidad de Sociedad por Acciones, surgiendo “INVERSIONES CENTINELA SpA”, cuyos estatutos se extractan más adelante. 2) Como consecuencia de la división de “INVERSIONES LEÓN DE GALICIA S.A.”, se disminuye el capital de ésta, de $37.987.503 a $22.822.214, pasando la diferencia de $15.165.289 a constituir el capital de la nueva sociedad, adecuándose sus estatutos, reemplazando el Artículo Quinto y Segundo Transitorio, quedando de la siguiente forma extractada: “Artículo Quinto: El Capital de la Sociedad es la suma de $22.822.214, dividido en 1.600.000 acciones nominativas, todas de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado por los socios de la manera expresada en las disposiciones transitorias de este estatuto social.” y “Artículo Segundo Transitorio: El capital de la Sociedad es la suma de $22.822.214, dividido en 1.600.000 acciones ordinarias nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por don Álvaro Flaño García, en la cantidad de 1.592.000 acciones, y doña María de Los Ángeles Larrondo Orrego, en la cantidad de 8.000 acciones. Dicho capital resulta de la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 16 de marzo de 2021, en que se acordó la división de la Sociedad y por ende la consecuente disminución del capital social en quince millones ciento sesenta y cinco mil doscientos ochenta y nueve Pesos, sin afectar el número de acciones en que se divide.”. 3) Dictar estatuto de la nueva sociedad “INVERSIONES CENTINELA SpA”, que surge por la división de “INVERSIONES LEÓN DE GALICIA S.A.”, que extractado queda así: Accionistas: Don Álvaro Flaño García y doña María De Los Ángeles Larrondo Orrego. Razón Social: “INVERSIONES CENTINELA SpA”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que establezca en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La sociedad tendrá duración indefinida. Objeto: El objeto será la inversión, para la obtención de rentas civiles, en toda clase de bienes, y cualquier otra actividad que de común acuerdo determinen los accionistas. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $15.165.289, dividido en 1.600.000 acciones nominativas, todas de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado según se expresa en disposiciones transitorias. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Miguel, 26 de julio de 2021.