Inversiones Casablanca Limitada
Instrumento
- Fecha
- 22 de julio de 2021
- Comuna
- Santiago
Administración
Sin perjuicio de la limitación que se establece al final de esta disposición, la administración, representación y la razón social corresponderá a la socia Alejandra Palma Pfotzer, actuando separada; o, alternativamente, a los socios Gonzalo Serrano Palma, Cristóbal José Serrano Palma, María Jesús Serrano Palma, Valentina Serrano Palma y Matías Serrano Palma, actuando conjuntamente tres cualquiera de ellos. Actuando del modo señalado, los socios representarán la Sociedad, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sujetos a las limitaciones señaladas al final de la presente cláusula
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Titular de la Trigésimo Cuarta Notaría de Santiago, calle Luis Thayer Ojeda trescientos cincuenta, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 31 de Mayo de dos mil veintiuno ante mí: (i) doña Alejandra Palma Pfotzer, chilena, viuda, pedagoga, cédula nacional de identidad número seis millones, sesenta mil cuatrocientos ochenta y cinco guion uno, (ii) don Gonzalo Serrano Palma, chileno, casado, ingeniero civil, cédula nacional de identidad número trece millones ochocientos treinta y dos mil novecientos tres guion ocho, (iii) doña María Jesús Serrano Palma, chilena, casada y separada totalmente de bienes según se acreditará, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número dieciséis millones noventa y cuatro mil seiscientos seis guion siete, (iv) don Matías Serrano Palma, chileno, casado, ingeniero, cédula de identidad número diecisiete millones cuatrocientos siete mil doscientos veintiséis guion cuatro, (v) doña Valentina Serrano Palma, chilena, casada y separada totalmente de bienes según se acreditará, pedagoga, cédula nacional de identidad número dieciséis millones trescientos sesenta nueve mil quinientos sesenta y cinco guion cero, (vi) don Cristóbal Serrano Palma, chileno, casado, ingeniero, cédula nacional de identidad número quince millones trescientos ochenta y tres mil ochenta y ocho guion seis, todos domiciliados para estos efectos en Calle Nueva Costanera tres mil trescientos oficina treinta y cuatro , Comuna de Vitacura, modificaron la sociedad denominada Inversiones Casablanca Limitada, Rol Único Tributario número setenta y nueve millones ochocientos cuarenta y un mil ochocientos cuarenta guion ocho. Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas veintitrés mil trescientos veintidós, número doce mil doscientos cincuenta y cinco, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año mil novecientos ochenta y ocho, y publicado en el Diario Oficial de fecha treinta de septiembre del mismo año, según lo que se expresa a continuación: 1) Producto del fallecimiento del socio don Gonzalo Serrano Gutiérrez, cédula nacional de identidad número cinco millones setenta y siete mil ciento setenta y ocho guion cuatro, y debido a escritura de adjudicación y partición de bienes otorgada en notaria de Santiago de don Eduardo Diez Morello bajo el repertorio número seis mil trescientos tres de fecha veintiocho de abril de dos mil veintiuno, suscrita por la totalidad de herederos de don Gonzalo Serrano Gutiérrez, es que se asignaron en dominio, entre otros bienes, los derechos que don Gonzalo Serrano Gutiérrez tenía en Inversiones Casablanca Limitada, esto es un veinticinco por ciento, asignándolos de la siguiente manera: i) a don Gonzalo Serrano Palma, un cinco por ciento, de la Sociedad; ii) a doña María Jesús Serrano Palma, un cinco por ciento, de la Sociedad; (iii) a don Matías Serrano Palma, un por cinco por ciento, de la Sociedad; (iv) a doña Valentina Serrano Palma, un cinco por ciento, de la Sociedad; (v) a don Cristóbal Serrano Palma, un cinco por ciento, de la Sociedad.2) Modificación de estatutos. En virtud de lo señalado precedentemente, y en atención a la escritura de Adjudicación y Partición también señalada, es que los únicos y actuales socios de Inversiones Casablanca Limitada Limitada modificaron los artículos Quinto y Sexto de los estatutos del modo siguiente: “Artículo Quinto: Capital de la sociedad: El capital de la sociedad es la suma de doscientos treinta millones de pesos, íntegramente suscrito y pagado por los socios en las proporciones siguientes: (a) Alejandra Palma Pfotzer aportó y enteró la suma de cincuenta y siete millones quinientos mil pesos, equivalentes a un veinticinco por ciento de los derechos sociales, íntegramente ingresados en la caja social; (b) Gonzalo Serrano Palma aportó y enteró la suma de treinta y cuatro millones quinientos mil pesos, equivalentes a un quince por ciento de los derechos sociales, íntegramente ingresados en la caja social; (c) Cristóbal José Serrano Palma aportó y enteró la suma de treinta y cuatro millones quinientos mil pesos, equivalentes a un quince por ciento de los derechos sociales, íntegramente ingresados en la caja social; (d) María Jesús Serrano Palma aportó y enteró la suma de treinta y cuatro millones quinientos mil pesos, equivalentes a un quince por ciento de los derechos sociales, íntegramente ingresados en la caja social; (e) Valentina Serrano Palma aportó y enteró la suma de treinta y cuatro millones quinientos mil pesos, equivalentes a un quince por ciento de los derechos sociales, íntegramente ingresados en la caja social; y, (f) Matías Serrano Palma aportó y enteró la suma de treinta y cuatro millones quinientos mil pesos, equivalentes a un quince por ciento de los derechos sociales, íntegramente ingresados en la caja social. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes". Artículo Sexto: Administración y uso de la Razón Social. Sin perjuicio de la limitación que se establece al final de esta disposición, la administración, representación y la razón social corresponderá a la socia Alejandra Palma Pfotzer, actuando separada; o, alternativamente, a los socios Gonzalo Serrano Palma, Cristóbal José Serrano Palma, María Jesús Serrano Palma, Valentina Serrano Palma y Matías Serrano Palma, actuando conjuntamente tres cualquiera de ellos. Actuando del modo señalado, los socios representarán la Sociedad, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sujetos a las limitaciones señaladas al final de la presente cláusula. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 DE JULIO DE 2021.