Instrumento
- Fecha
- 20 de julio de 2021
- Notario
- MARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS
- Oficio
- Titular de la 5° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tiene por objeto directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) la autorización y registro de las transacciones que efectúen los titulares o usuarios de tarjetas de crédito, débito y de pago con provisión de fondos u otros medios similares; b) las gestiones de afiliación de entidades a cualesquiera sistemas de pago con tarjetas, sin que las mismas comprendan la provisión de servicios normados como parte de la operación de tarjetas de débito, crédito y de pago con provisión de fondos; c) la provisión de terminales de punto de venta /POS/ y otros dispositivos similares; d) la realización de gestiones tendientes a permitir o facilitar el cobro de las sumas de dinero que se adeuden a los partícipes del sistema de tarjetas o medios de pago respectivo, en la medida que no impliquen la liquidación y)o pago de prestaciones adeudadas a las entidades afiliadas a dicho sistema, y sin perjuicio de lo señalado en el literal g) siguiente; e) la habilitación y operación de sistemas que permitan la transferencia de información y fondos, y la realización de dichas transferencias, siempre en cumplimiento con la normativa vigente; f) la recopilación, registro, verificación, transferencia y distribución de información de fuentes de acceso público referida a antecedentes, registros y documentos comerciales, siempre en cumplimiento con la normativa vigente; g) el desarrollo de otros productos o actividades tendientes a la realización o facilitación de la actividad de Proveedor de Servicios para el Procesamiento de Pagos, que no involucren la liquidación y)o el pago de las prestaciones que se adeuden a las entidades afiliadas, por concepto de utilización de dichos instrumentos. Excepcionalmente, la Sociedad podrá realizar operaciones de liquidación y)o pago de las prestaciones adeudadas a entidades afiliadas por el uso de tarjetas de crédito, débito y de pago con provisión de fondos u otros medios similares, para lo cual deberá sujetarse a los límites establecidos por la normativa vigente; h) la adquisición e inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, que permitan, faciliten o contribuyan directa o indirectamente a la realización de las finalidades anteriores; i) el desarrollo, creación, producción, coordinación, adquisición, divulgación, difusión, distribución, publicación, aprovechamiento, comercialización y explotación de licencias y marcas comerciales. En el cumplimiento de los objetivos mencionados, la Sociedad podrá crear o participar en la creación de otras sociedades y personas jurídicas en general, con la capacidad de asociarse y de celebrar toda clase de contratos, con cualquier entidad, de manera amplia, pudiendo aportar los bienes de la sociedad en pago de las acciones o derechos sociales que le corresponda en las otras sociedades en las cuales tenga participación
Administración
La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderán a un Administrador, quien podrá ser nombrado por los accionistas en instrumento público
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente del Titular de la 5° Notaría Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos Gertrudis Echenique 30, Oficina 32, Las Condes, certifica: Por escritura pública de 20 de julio de 2021, ante el Titular, don Karlfranz Koehler Duncker, cédula nacional de identidad número 8.860.756-2, domiciliado para estos efectos en calle Av. Apoquindo número 3885, piso 18, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones (la “Sociedad”). Nombre: Acid Pay SpA. Duración: Indefinida. Objeto: La Sociedad tiene por objeto directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) la autorización y registro de las transacciones que efectúen los titulares o usuarios de tarjetas de crédito, débito y de pago con provisión de fondos u otros medios similares; b) las gestiones de afiliación de entidades a cualesquiera sistemas de pago con tarjetas, sin que las mismas comprendan la provisión de servicios normados como parte de la operación de tarjetas de débito, crédito y de pago con provisión de fondos; c) la provisión de terminales de punto de venta /POS/ y otros dispositivos similares; d) la realización de gestiones tendientes a permitir o facilitar el cobro de las sumas de dinero que se adeuden a los partícipes del sistema de tarjetas o medios de pago respectivo, en la medida que no impliquen la liquidación y/o pago de prestaciones adeudadas a las entidades afiliadas a dicho sistema, y sin perjuicio de lo señalado en el literal g) siguiente; e) la habilitación y operación de sistemas que permitan la transferencia de información y fondos, y la realización de dichas transferencias, siempre en cumplimiento con la normativa vigente; f) la recopilación, registro, verificación, transferencia y distribución de información de fuentes de acceso público referida a antecedentes, registros y documentos comerciales, siempre en cumplimiento con la normativa vigente; g) el desarrollo de otros productos o actividades tendientes a la realización o facilitación de la actividad de Proveedor de Servicios para el Procesamiento de Pagos, que no involucren la liquidación y/o el pago de las prestaciones que se adeuden a las entidades afiliadas, por concepto de utilización de dichos instrumentos. Excepcionalmente, la Sociedad podrá realizar operaciones de liquidación y/o pago de las prestaciones adeudadas a entidades afiliadas por el uso de tarjetas de crédito, débito y de pago con provisión de fondos u otros medios similares, para lo cual deberá sujetarse a los límites establecidos por la normativa vigente; h) la adquisición e inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, que permitan, faciliten o contribuyan directa o indirectamente a la realización de las finalidades anteriores; i) el desarrollo, creación, producción, coordinación, adquisición, divulgación, difusión, distribución, publicación, aprovechamiento, comercialización y explotación de licencias y marcas comerciales. En el cumplimiento de los objetivos mencionados, la Sociedad podrá crear o participar en la creación de otras sociedades y personas jurídicas en general, con la capacidad de asociarse y de celebrar toda clase de contratos, con cualquier entidad, de manera amplia, pudiendo aportar los bienes de la sociedad en pago de las acciones o derechos sociales que le corresponda en las otras sociedades en las cuales tenga participación. Administración: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderán a un Administrador, quien podrá ser nombrado por los accionistas en instrumento público. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de 1.000.000 de pesos chilenos, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado por don Karlfranz Koehler Duncker. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de julio de 2021. M. V. Wielandt C. N. S.