INVERSIONES GOBENGO S.A.
Instrumento
- Notario
- FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRÍGUEZ
- Domicilio
- Viña del Mar
Sociedad
- Capital
- $142.400.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRÍGUEZ, Notario Público Titular de Viña del Mar, con oficio en Arlegui Nº 333, Local 111, certifico: Por escritura pública de fecha 13 de julio de 2.021, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de “INVERSIONES GOBENGO S.A.”, sociedad inscrita a fojas 1067 Nº 1.220 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, correspondiente al año 2007, efectuada con fecha siete de junio de 2.021, con presencia de Notario autorizante, asistieron accionistas: Inversiones Luisanfran Limitada, Inversiones Santa Mariana Limita, Inversiones Notro Limitada, Inversiones San Diego Limitada, Inversiones Gianna Limitada e Inversiones Dicato Limitada; todos domiciliados en calle Limache 3.730, Viña del Mar. Asistencia ciento por ciento de acciones emitidas, suscritas y pagadas de la Sociedad. En ella se acordó: Sanear de conformidad con la Ley 19.499, el vicio consistente en la omisión involuntaria de incluir el certificado notarial que ordena el artículo 57 de la Ley N° 18.046, en su inciso final, en el Acta y en la reducción a escritura pública de fecha 11 de diciembre de 2.020 de la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 20 de julio de 2.020 ante el Notario autorizante, lo que eventualmente puede acarrear la nulidad de las modificaciones de INVERSIONES GOBENGO S.A. acordadas en la Junta señalada precedentemente, cuyo extracto se inscribió a fs. 2.019 N° 1.358 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año 2.020, y se publicó en el Diario Oficial de fecha Nº 42.834 de 19 diciembre de 2.020. En dicha Junta Extraordinaria de Accionistas que se sanea, se acordaron las siguientes modificaciones: Uno) Modificar artículo “Undécimo”, en cuanto a aumentar el número de directores de la Sociedad de cinco a siete miembros; quedando de la siguiente forma: “ARTÍCULO UNDÉCIMO: DIRECTORIO: La Sociedad será administrada por un Directorio elegido por la Junta General de Accionistas y estará integrada por siete miembros. Para ser director se requerirá ser libre administrador de sus bienes y no se requerirá tener la calidad de accionista. La calidad de Presidente no será compatible con el cargo de gerente de la Sociedad.” Dos) Modificar la forma de citar a Juntas de Accionistas, correspondiendo el nuevo texto del artículo correspondiente a: “TRIGESIMO PRIMERO: Convocatoria: Corresponde al Presidente o a quien haga sus veces, previo acuerdo del Directorio, convocar a Junta General Ordinaria de Accionistas, dentro de los plazos señalados en los presentes estatutos; de la misma forma se debe proceder para citar a Junta General Extraordinaria de Accionistas cuando así se haya acordado y proceda en conformidad a los estatutos. La convocatoria se efectuará materialmente por medio de un aviso que se publicará, a lo menos, por tres veces, en días distintos, en un diario electrónico de circulación nacional o regional, el que contendrá el anuncio de los accionistas con derecho a participar, la fecha para la calificación de los poderes y, en caso de citarse a Junta General Extraordinaria, la especificación de la materia o asunto a tratarse. Estos avisos deben publicarse dentro de los veinte días anteriores a la fecha de la celebración de la Junta, no pudiendo publicarse el primero de ellos con menos de quince días de anticipación a la fecha que corresponda efectuar la Junta. Además, el Directorio o el Administrador deberán enviar, en los mismos plazos ya señalados para la publicación, una citación con el mismo contenido por correo electrónico. Para este último caso, será obligación de cada accionista o su representante, según corresponda, informar y mantener actualizada la dirección de correo electrónico y el número de su teléfono celular, con el objeto de ser avisado por WhatsApp. La responsabilidad sobre los antecedentes que se deberán mantener actualizados por los accionistas en la Sociedad, será de su exclusiva responsabilidad, por lo cual la citación será plenamente válida por la publicación en un diario electrónico, señalada precedentemente.“ Capital $142.400.000.- No hay otras modificaciones extractables. En Viña del Mar, a 14 de Julio de 2021.-