MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS DE URGENCIAS MÉDICAS LIMITADA

RUT 76788320-K CVE 1983274
Capital
$1.200.000 CLP
Fecha instrumento
21 de julio de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de julio de 2021
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.200.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 21 de julio de 2021, otorgada ante mí; don Rolando Rafael Laurentino Santelices Morales, doña María Angélica Cornejo Escárate, doña Daniela De Los Ángeles Santelices Cornejo, todos los anteriores domiciliados en calle Los Vientos número 44, comuna de Colina, Región Metropolitana, y don Nicholas Jesús Bossans Argandoña, domiciliado en calle Badajoz número 100 oficina 520, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acordaron lo siguiente respecto de SERVICIOS DE URGENCIAS MÉDICAS LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 326, número 256, del Registro de Comercio de Santiago, año 2007: i) Resciliar en todas sus partes la escritura pública de fecha 14 de octubre de 2020, y cuyo extracto se inscribió a fojas 67.585, número 32.314 del Registro de Comercio de Santiago, año 2020. En virtud de dicha escritura doña Daniela De Los Ángeles Santelices Cornejo y doña María Angélica Cornejo Escárate, cedieron derechos a don Rolando Rafael Laurentino Santelices Morales, quedando este último, a consecuencia de las cesiones con el 90% del haber social y doña María Angélica Cornejo Escárate con el 10%; ii) Resciliar la escritura pública de fecha 31 de diciembre de 2020, otorgada ante mí, y cuyo extracto se inscribió a fojas 15.136 número 7.116 del Registro de Comercio de Santiago año 2021, exclusivamente respecto de la cesión de derechos de don Rolando Rafael Laurentino Santelices Morales y de doña María Angélica Cornejo Escárate a don Nicholas Jesús Bossans Argandoña. De esta forma, quedaron como socios, don Rolando Rafael Laurentino Santelices Morales con un 1% y don Nicholas Jesús Bossans Argandoña con un 99% del haber social.- A consecuencia de la resciliación de las cesiones de derechos sociales ya indicadas, vuelven a tener la calidad de únicos socios, don Rolando Rafael Laurentino Santelices Morales, con un 1% del haber social; doña María Angélica Cornejo Escárate, con un 50% del haber social y; doña Daniela De Los Ángeles Santelices Cornejo con un 49% de participación social; y iii) Inmediatamente, los comparecientes acordaron que: a) doña María Angélica Cornejo Escárate, vende, cede y transfiere a don Nicholas Jesús Bossans Argandoña, el 50% de los derechos sociales. El precio de la cesión alcanza la suma de $600.000, y; b) doña Daniela De Los Ángeles Santelices Cornejo, vende, cede y transfiere a don Nicholas Jesús Bossans Argandoña, el 49% de los derechos sociales. El precio de la cesión alcanza la suma de $588.000.- A consecuencia de las cesiones de derechos señaladas, se retiran de la Sociedad doña María Angélica Cornejo Escárate y doña Daniela De Los Ángeles Santelices Cornejo e ingresa, con el consentimiento unánime de los socios, don Nicholas Jesús Bossans Argandoña.- Producto de las cesiones de derechos sociales referidas precedentemente, se modificó el estatuto, en relación al capital social, quedando en los siguientes términos: “El capital de la Sociedad alcanza la suma de $1.200.000, que los socios aportaron de la siguiente manera: a) don Nicholas Jesús Bossans Argandoña, quien aportó la suma de $1.188.000, los que representan un 99% del haber social y; b) don Rolando Rafael Laurentino Santelices Morales, quien aportó la suma de $12.000, los que representan el 1% del haber social.”.- En todo lo no resciliado o modificado expresamente, se mantienen inalterables los estatutos sociales.- Demás acuerdo en escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización.- Santiago, 23 de julio de 2021.-