CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Neuro Stim SpA

RUT 17403702-7 CVE 1983596
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
7 de julio de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de julio de 2021
Repertorio
10263-2021
Notario
GUSTAVO MONTERO MARTI
Oficio
Reemplazante de la 48° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Objeto social

a) Prestación de servicios y consultas médicas, diagnósticos, asesorías, procedimientos quirúrgicos, tratamientos o terapias médicas, ya sean preventivas, curativas o de rehabilitación a pacientes particulares o en convenio con empresas u otros organismos privados, particulares, públicos, fiscales, organizaciones no gubernamentales, en clínicas, hospitales, centros de salud, consultas propias o ajenas, en todas las especialidades de la medicina, además de la realización de cualquiera otra actividad derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ella, en forma directa o mediante convenios sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar, Organismos del Sector Publico, Municipal o Privados Clínicas, Hospitales, Consultas propias o ajenas; El desarrollo de toda actividad que de cualquier manera se relacione con las ciencias médicas y con el tratamiento de pacientes y enfermedades, así como la docencia; Cualquier otra actividad, negocio o inversión que los accionistas determinen y que esté relacionado en cualquier forma con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GUSTAVO MONTERO MARTI, Notario Público Reemplazante de la 48° Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo N°3.076, oficina 601, 6° piso, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica Que por escritura pública de fecha 07 de julio de 2021, Repertorio N° 10263-2021, ante mí: don José Tomás Hortal Fontanet , Rut: 17.403.702-7, domiciliado en El Ángelus Nº 3739, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédula señalada y expone: Que viene en constituir una sociedad por acciones, que se regirá por el presente estatuto social y demás normas aplicables. La sociedad por acciones que por este acto se constituye operará bajo nombre de “Neuro Stim SpA”. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. La sociedad tendrá una duración indefinida. La sociedad tendrá por objeto: a) Prestación de servicios y consultas médicas, diagnósticos, asesorías, procedimientos quirúrgicos, tratamientos o terapias médicas, ya sean preventivas, curativas o de rehabilitación a pacientes particulares o en convenio con empresas u otros organismos privados, particulares, públicos, fiscales, organizaciones no gubernamentales, en clínicas, hospitales, centros de salud, consultas propias o ajenas, en todas las especialidades de la medicina, además de la realización de cualquiera otra actividad derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ella, en forma directa o mediante convenios sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar, Organismos del Sector Publico, Municipal o Privados Clínicas, Hospitales, Consultas propias o ajenas; El desarrollo de toda actividad que de cualquier manera se relacione con las ciencias médicas y con el tratamiento de pacientes y enfermedades, así como la docencia; Cualquier otra actividad, negocio o inversión que los accionistas determinen y que esté relacionado en cualquier forma con el objeto social. El capital de la sociedad es la cantidad de$1.000.000 dividido en 100 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. El capital se encuentra completamente suscrito y pagado por el socio José Tomás Hortal Fontanet. La administración y el uso de la razón social corresponderá a don José Tomás Hortal Fontanet y don José Ignacio Hortal Vergara, chileno, Rut: 6.374.701-7, con domicilio en el Ángelus Nº 3.739, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago quienes actuando de forma conjunta y/o separadamente representarán a la por la sociedad, y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, contratos, negocios, pudiendo autocontratar inclusive. Demás facultades según escritura extractada. Los accionistas limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Santiago, 23 de julio de 2021.