MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Metalmecánica Sinsay Limitada

RUT 77578970-0 CVE 1983023
Capital
$30.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de marzo de 2001
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
17 de marzo de 2001
Notario
ALBERTO MOZO AGUILAR
Oficio
40 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$30.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público Titular, 40 Notaría Santiago, Teatinos 332, certifica, Por escritura pública de hoy ante mí, Cristian Sinsay Carretti, Jorge Sinsay Cabrera, Miguel Sinsay Cabrera, Cristian Sinsay Cabrera y Carolina Sinsay Cabrera, todos domiciliados en Santa Rosa Nº4040, San Joaquín, como únicos socios de “Metalmecánica Sinsay Limitada”, nombre de fantasía “Maestranza Sinsay Ltda”, Rut Nº77.578.970-0, constituida por escritura pública de fecha 17 de marzo de 2001, en la Notaría de San Miguel de don René Antonio Santelices Gamboa, la que en extracto se inscribió a fojas 60 Nº47 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel año 2001, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial el 27 de marzo de 2001. Luego, se realizó modificación de sociedad por escritura pública de fecha 18 de diciembre del año 2017, otorgada ante Notario Público de San Miguel don Gonzalo Harambillet Melero, cuyo extracto se inscribió a fojas 336 Nº199, el 18 de diciembre del año 2017 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel y se publicó en el Diario Oficial con fecha 23 de diciembre del año 2017, la modificaron mediante la venta que socio don Cristian Sinsay Carretti, dueño del 10% de derechos de la sociedad, hizo a cada uno de socios don Jorge, don Miguel, don Cristian y doña Carolina todos Sinsay Cabrera, del 2,5% de sus derechos totales en la sociedad, aumentando del 22,50% que tenían a un 25% sus derechos y saliendo como socio de la sociedad don Cristian Sinsay Carretti. Se modificó además la sociedad para establecer que el objeto social será el siguiente: La fabricación, producción, modificación, transformación, reparación, compra, venta, arriendo, permuta, distribución, comercialización, explotación, importación y exportación a cualquier título y por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes, piezas, instrumentos, herramientas, máquinas, equipos; accesorios, materias primas e insumos de la industria, la metalmecánica, el transporte o actividades similares o de otras especialidades de la producción o comercio; como así mismo el transporte de carga en todo tipo de vehículos, su comercialización, importación o exportación a cualquier título y la de sus repuestos, accesorios, combustibles e insumos; y la prestación de servicios y representación de terceros en esos rubros o actividades. Finalmente, se modificó para establecer que la administración de sociedad y el uso de la razón social le corresponderá tanto a don Cristian Sinsay Carretti, actuando de forma individual, como a los socios don Cristian Sinsay Cabrera, don Jorge Sinsay Cabrera, don Miguel Sinsay Cabrera y doña Carolina Sinsay Cabrera, actuando solo dos de estos de manera conjunta, en forma que los socios administradores, actuando en la forma señalada y anteponiendo a su firma la razón social, la representarán y obligarán en todo, pudiendo contraer todo tipo de obligaciones y adquirir todo tipo de derechos por ella, contando con las más amplias facultades de administración y disposición, las que entre ellas, a título enunciativo y sin ánimo de limitar, se citaron en la cláusula quinto de la escritura de constitución de sociedad, que se da por reproducida en cuanto al detalle de facultades. Además, se requerirá la actuación de don Cristian Sinsay Carretti, y de dos socios representantes, cualquiera de ellos, en los siguientes casos: Comprar, vender, permutar, ceder, aportar, dar en pago, aceptar cesiones, enajenar toda clase de bienes raíces, créditos, acciones, bonos, efectos de comercio, y demás valores mobiliarios, comprar, vender y enajenar bienes raíces, pudiendo fijar precios y demás condiciones. Se mantiene el capital social en la suma de $30.000.000.- pesos. Las demás facultades y atribuciones se mantienen de acuerdo al pacto social. En todo lo demás, permanecen inalterables las restantes cláusulas del pacto constitutivo. Santiago, 22 de junio de 2021.-