VIÑA ALCANCE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de mayo de 2021
- Notario
- GUSTAVO MONTERO MARTI
- Oficio
- Reemplazante del titular 48 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $16.432.012 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUSTAVO MONTERO MARTI, Notario Público Reemplazante del titular 48 Notaría Santiago, don Roberto Antonio Cifuentes Allel, Avda. Apoquindo N° 3076, ofic.601, 6° piso Comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, Certifica: Por escritura pública de fecha 31 de mayo de 2021, otorgada bajo el Repertorio número 7660/2021, ante el titular don Roberto Cifuentes Allel, “Jackson Family Wines, Inc.” y “Jackson Wine Estates Investco Limited”, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Andrés Bello N° 2711, piso 8, Las Condes, en su calidad de únicos socios de la sociedad VIÑA ALCANCE LIMITADA (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a fojas 100 número 36 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca correspondiente al año 1994, modificaron los Estatutos de la Sociedad en los siguientes términos: Uno) Se acuerda disminuir el capital de la Sociedad, de la suma de US$16.432.012,8, a la suma de US$13.416.341,01. La disminución de capital por la suma de US$3.015.671,79 se pagará a los socios a prorrata de su participación en el capital social, en dinero. Dos) Como consecuencia de lo anterior, los actuales y únicos socios de la Sociedad acuerdan sustituir el actual Artículo Sexto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de 13.416.341,01 dólares de los Estados Unidos de América, cantidad que los socios aportaron en la siguiente forma: (a) la sociedad Jackson Family Wines, Inc., la suma de 13.282.177,6 dólares de los Estados Unidos de América, correspondiente al 99% del capital social; y (b) la sociedad Jackson Wine Estates Investco Limited, la suma de 134.163,41 dólares de los Estados Unidos de América, correspondiente al 1% del capital social. Este capital se encuentra íntegramente pagado. Los socios limitan a las cantidades señaladas su responsabilidad para todos los efectos legales”. Demás estipulaciones en escritura extractada. .- SANTIAGO, .01 de julio de 2021.- G. MONTERO M. Not.Púb.Reemplazante.-