Sociedad Etrading Chile Limitada
Instrumento
- Fecha
- 1 de julio de 2021
- Notario
- PATRICIO RABY BENAVENTE
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, certifica que por escritura pública de fecha 01 de julio de 2021, ante mí reemplazante, doña María Virginia Wielandt Covarrubias, CRISTÓBAL IGNACIO SILVA DINAMARCA, domiciliado en Jorge Matte Gormaz mil seiscientos setenta y siete, departamento seiscientos dos, comuna de Providencia, Región Metropolitana, PATRICIO JAVIER SILVA DINAMARCA e “INMOBILIARIA CRISOL S.A.”, éstos 2 últimos domiciliados en Augusto Ovalle Castillo mil trescientos treinta, departamento mil dos, comuna de Providencia, Región Metropolitana; modificaron “SOCIEDAD ETRADING CHILE LIMITADA”, inscrita a fojas ocho número once del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción correspondiente al año dos mil diez. Modificaciones consisten en lo siguiente: A) PATRICIO JAVIER SILVA DINAMARCA vende, cede y transfiere a INÉS DINAMARCA FÚNEZ, quien compra, acepta y adquiere para sí, derechos equivalentes al 1% de las participaciones sociales y propiedad de la presente compañía. PATRICIO JAVIER SILVA DINAMARCA vende, cede y transfiere a CRISTÓBAL IGNACIO SILVA DINAMARCA, quien compra, acepta y adquiere para sí, derechos equivalentes al 19% de las participaciones sociales y propiedad de la presente compañía. La sociedad INMOBILIARIA CRISOL S.A. vende, cede y transfiere a CRISTÓBAL IGNACIO SILVA DINAMARCA, quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de los derechos que posee en la sociedad, esto es derechos equivalentes al 60% de las participaciones sociales y propiedad de la presente compañía. Como consecuencia de las cesiones, se retira de la sociedad Patricio Javier Silva Dinamarca e Inmobiliaria Crisol S.A., e ingresa a la misma Inés Dinamarca Fúnez quedando las participaciones como sigue: i.- Cristóbal Ignacio Silva Dinamarca, con un 99% del capital social y propiedad de la presente compañía e; ii.- Inés Dinamarca Fúnez, con un 1% del capital social y propiedad de la presente compañía. B) Se reemplaza cláusula quinta de estatutos sociales por la siguiente: “QUINTO: El capital social es la cantidad de diez millones de pesos, que los socios han aportado y pagado íntegramente con anterioridad en las siguientes proporciones: a) don Cristóbal Ignacio Silva Dinamarca, ha aportado y pagado la cantidad de nueve millones novecientos mil pesos, esto es, el noventa y nueve por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía y; b) doña Inés Dinamarca Fúnez, ha aportado y pagado la cantidad cien mil pesos, esto es, el uno por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía”. C) Readecuar cláusula cuarta de estatutos sociales en el sentido que la administración de la sociedad y el uso de razón social corresponderá a la actuación individual de Cristóbal Ignacio Silva Dinamarca, actuando en la forma y con las facultades indicadas en escritura que se extracta. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 13 de julio de 2021.- P. Raby B. N. P.