CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD COMERCIALIZADORA, ADMINISTRADORA E IMPORTADORA SOCADIM GALAZ SpA

RUT 18409053-8 CVE 1982407
Capital
$2.000.000 CLP
Notaría
Santiago

Instrumento

Repertorio
7364-2021
Notario
GIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO
Oficio
titular de la 10ª Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley N° 18.046

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO, Notario Público Suplente de la titular de la 10ª Notaria de Santiago, VALERIA RONCHERA FLORES, Agustinas número 1235, segundo piso, Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública de 15 de julio del 2021, bajo repertorio Nº7364-2021, ante la titular Valeria Ronchera Flores: doña IVANIA SACHA GALAZ GONZÁLEZ, y doña ALEXANDRA CATALINA GALAZ GONZÁLEZ constituyeron una sociedad por acciones conforme a los artículos 424 a 446 del Código de Comercio y supletoriamente por la Ley N° 18.046: Nombre de la sociedad: “SOCIEDAD COMERCIALIZADORA, ADMINISTRADORA E IMPORTADORA SOCADIM GALAZ SpA”, pudiendo actuar también con el nombre de fantasía “SOCADIM SpA”.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto: (a) la promoción, ejecución y desarrollo de todo tipo de actividades relacionadas directa o indirectamente con la salud. En el ejercicio de ellas, la sociedad podrá construir, instalar, administrar y explotar cualquier clase de establecimientos hospitalarios, centros médicos, instituciones sanitarias, sistemas de afiliación de pacientes, por cuenta propia o ajena, pudiendo también desarrollar las actividades industriales y comerciales destinadas a satisfacer las necesidades propias de la salud, sea por cuenta propia o en conjunto con la autoridad sanitaria, pudiendo formar o participar para tales efectos, institutos, organizaciones o sociedades afines; (b) Prestación de servicios profesionales en el área de la estética, belleza y salud integral, así como también, todo lo relacionado con la venta, promoción y explotación comercial de sus productos, medicamentos y alimentos; (c) El desarrollo de toda actividad tendiente al mantenimiento y embellecimiento de la figura corporal humana, incluyendo entre otros, tratamientos corporales y faciales, peluquería y barbería, cosmetología, podología, manicure, pedicure, maquillaje, depilación, uso de aparatología corporal estética, servicios médicos complementarios sauna, solárium, gimnasio de todo tipo, tratamiento médicos integrativos, tratamientos de acupuntura, reiki, biomagnetismo, terapia floral, flores de Bach, quiropráctica, reflexología, auriculoterapia, piedras calientes y masoterapia. Así como la creación de establecimientos dedicados al cuidado de la belleza femenina y/o masculina; (d) La compra, venta, exportación y/o importación de equipos e insumos médicos, productos, cosméticos, alimentos, accesorios y otros similares; (e) La prestación de servicios profesionales en el área de la salud, especialmente en el área de la medicina, así como en cada una de las especialidades relacionadas, atender consultas, otorgar tratamientos médicos generales o especiales; proporcionar atención médica y profesional, realizar exámenes y atender consultas propias o ajenas, todo ello de manera ambulatoria, domiciliaria, o a pacientes hospitalizados respecto de toda persona que en forma directa o a través de convenios con cualquiera persona jurídica de derecho público, como el Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales nacional o extranjera, acuda en demanda de sus servicios; (f) Cualquier otro objeto lícito determinado por la administración de la sociedad, relacionado con lo anterior; (g) La realización de toda clase de inversiones, por cuenta propia o ajena, en cualquier tipo de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, títulos de créditos y otros valores mobiliarios, participación en sociedades y otras personas jurídicas, de cualquier clase y objeto; (h) La administración de tales inversiones y la percepción de los frutos o rentas que se generen por éstas; y (i) Cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los accionistas de común acuerdo determinen..- CAPITAL: $2.000.000, dividido en 200 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Se designó a doña IVANIA SACHA GALAZ GONZÁLEZ, C.I. 18.409.053-8, y a doña ALEXANDRA CATALINA GALAZ GONZÁLEZ, C.I. 16.712.073-3, como administradoras provisionales, pudiendo actuar individualmente cada una de ellas. Santiago, 21 de julio del 2021.