CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

EL BAMBI LTDA.

CVE 1982283
Capital
$30.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de julio de 2021
Notaría
Talca
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de julio de 2021
Comuna
Talca

Sociedad

Capital
$30.000.000 CLP
Domicilio
ciudad Talca
Duración
5 años, desde fecha escritura, prorrogables tácita y automáticamente períodos iguales, salvo si cualquiera socios manifiesta voluntad ponerle término, dentro de 30 días al vencimiento del plazo, por escritura pública anotada al margen inscripción en Registro Comercio de Talca

Objeto social

Será toda actividad relacionada con la compra, venta, permuta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, adjudicación, administración, u otra forma de explotación de todo tipo de bienes muebles, como asimismo la realización de los demás negocios de mera inversión que determinen los socios; la inversión en valores, acciones, bonos o cualquiera títulos transables, y la administración de las inversiones efectuadas por la sociedad y la percepción de sus frutos y rentas; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; la comercialización, importación, exportación y distribución de todo tipo de bienes muebles, esponjas, espumas, colchones, artículos de ferretería, equipos, maquinarias, herramientas y demás implementos de la actividad industrial, como asimismo, de todo aquello necesario y conducente para el desarrollo del giro empresarial, sea mediante la compra y venta o la representación de otras empresas fabricantes y distribuidores; la celebración y)o ejecución de toda clase de operaciones, actos y)o contratos, civiles o comerciales necesarios o conducentes para el desarrollo del objeto social y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con el comercio. La sociedad podrá, además de lo ya expresado, intervenir e invertir tanto en el país como en el extranjero en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, planes de ahorro; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. En efecto, la sociedad podrá administrar las inversiones anteriores y percibir sus frutos o rentas y como también toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en co-participación con terceros; y, en general, cualquier otro negocio u objeto que acordaren los socios libremente. Administración, representación, uso razón social y del nombre fantasía corresponderá CARMEN PATRICIA VICTORIA HENRÍQUEZ LÓPEZ y CHRISTIAN FELIPE VERDUGO HENRÍQUEZ, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, obligando en iguales términos a la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JULIO MOVILLO MATTASI, Notario Titular de la Primera Notaría de Talca, con Oficio en calle 1 Norte 963 Of. 103, CERTIFICO: que por escritura pública de hoy ante mí, doña CARMEN PATRICIA VICTORIA HENRÍQUEZ LÓPEZ, CHRISTIAN FELIPE VERDUGO HENRÍQUEZ y PAULA FERNANDA VERDUGO HENRÍQUEZ, todos domiciliados en Catorce Sur, Uno Poniente, Villa Las Carmenes, número seiscientos ochenta y seis, Talca, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada a monto aportes. Domicilio: ciudad Talca. Razón social: “Comercializadora El Bambi Limitada” pudiendo usar “El Bambi Ltda.” que obligará misma manera que razón social. Objeto: Será toda actividad relacionada con la compra, venta, permuta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, adjudicación, administración, u otra forma de explotación de todo tipo de bienes muebles, como asimismo la realización de los demás negocios de mera inversión que determinen los socios; la inversión en valores, acciones, bonos o cualquiera títulos transables, y la administración de las inversiones efectuadas por la sociedad y la percepción de sus frutos y rentas; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; la comercialización, importación, exportación y distribución de todo tipo de bienes muebles, esponjas, espumas, colchones, artículos de ferretería, equipos, maquinarias, herramientas y demás implementos de la actividad industrial, como asimismo, de todo aquello necesario y conducente para el desarrollo del giro empresarial, sea mediante la compra y venta o la representación de otras empresas fabricantes y distribuidores; la celebración y/o ejecución de toda clase de operaciones, actos y/o contratos, civiles o comerciales necesarios o conducentes para el desarrollo del objeto social y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con el comercio. La sociedad podrá, además de lo ya expresado, intervenir e invertir tanto en el país como en el extranjero en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, planes de ahorro; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. En efecto, la sociedad podrá administrar las inversiones anteriores y percibir sus frutos o rentas y como también toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros; y, en general, cualquier otro negocio u objeto que acordaren los socios libremente. Administración, representación, uso razón social y del nombre fantasía corresponderá CARMEN PATRICIA VICTORIA HENRÍQUEZ LÓPEZ y CHRISTIAN FELIPE VERDUGO HENRÍQUEZ, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, obligando en iguales términos a la sociedad. Capital: $30.000.000.-, que se enteran a la caja social de la siguiente manera: a) Doña CARMEN PATRICIA VICTORIA HENRÍQUEZ LÓPEZ, la suma de $18.000.000, que es pagada y aportada en dinero en efectivo en este acto a caja social; b) Don CHRISTIAN FELIPE VERDUGO HENRÍQUEZ, la suma de $6.000.000, que es pagada y aportada en dinero en efectivo en este acto a caja social; c) Doña PAULA FERNANDA VERDUGO HENRÍQUEZ, la suma de $6.000.000, que es pagada y aportada en dinero en efectivo en este acto a caja social. Duración: 5 años, desde fecha escritura, prorrogables tácita y automáticamente períodos iguales, salvo si cualquiera socios manifiesta voluntad ponerle término, dentro de 30 días al vencimiento del plazo, por escritura pública anotada al margen inscripción en Registro Comercio de Talca. Demás estipulaciones en ella. Talca, 13 de julio de 2021.