Instrumento
- Fecha
- 13 de julio de 2021
- Notario
- RODRIGO ALVAREZ ACEVEDO
- Domicilio
- Titular de Viña del Mar Cecilia Gálvez Pino
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio social será la comuna de Viña del Mar
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La administración de la sociedad será ejercida por doña MARJORIE ANDREA RAMÍREZ BEIZA, o la persona que designe, en calidad de Gerente General, la junta de accionistas por mayoría absoluta, la que deberá ser refrendada mediante escritura pública. El Gerente General tendrá todas las facultades necesarias e indispensables para desarrollar el objeto social, sin ninguna limitación, de modo que anteponiendo a su firma el nombre de la sociedad podrá obligar a la compañía en todo tipo de actos y contratos. Viña del Mar, a 15 de julio de 2021
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO ALVAREZ ACEVEDO, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de Viña del Mar Cecilia Gálvez Pino, con domicilio en Av. Libertad N.º 1155-A, certifica: por escritura pública de fecha 13 de julio de 2021, ante mí, don JORGE HUMBERTO VERGARA CONCHA, chileno, empresario, casado, cédula nacional de identidad número 11.400.631-9; domiciliado en Calle Las Antillas número 16, sector Reñaca Alto, comuna de Viña del Mar, viene en constituir una sociedad por acciones. La razón social será “CONSTRUCTORA VERCON SpA”. Domicilio: El domicilio social será la comuna de Viña del Mar, sin perjuicio de las oficinas, agencias y sucursales que pueda establecer en el resto del país y en el extranjero. Objeto. La sociedad tendrá por objeto: 1. El estudio, diseño, planeación, contratación y ejecución de toda clase de edificaciones, obras civiles y bienes inmuebles en general, así como la realización en ellas de adiciones, mejoras, modificaciones, restauraciones y reparaciones; 2. La prestación de servicios técnicos y de consultoría en los diferentes campos de la ingeniería civil; 3. La realización de trabajos, estudios, consultorías y proyectos en materia de urbanismo y arquitectura; 4. La adquisición de inmuebles para ejecutar por sí o por medio de terceros la construcción mediante su urbanización, programación, promoción, venta de lotes o de unidades habitacionales, o locales comerciales o industriales que resulten de la edificación; 5. El desarrollo de construcciones, parcelaciones o urbanizaciones en bienes propios o de terceros, bien sea para planes de vivienda, locales comerciales o industriales; 6. La promoción, constitución y asociación de empresas o sociedades que tengan por objeto la construcción de inmuebles o los negocios sobre propiedad raíz; 7. Las inversiones en propiedades inmuebles para enajenarlos o desarrollar proyectos de edificios, estando facultada la sociedad para reservar para sí, o para los accionistas las áreas que a bien tengan para arrendamiento o explotación comercial; 8. La ejecución de toda clase de negocios, además de la compraventa, relacionados con la comercialización de la propiedad raíz tales como: financiamiento, arrendamiento, fideicomiso, administración, usufructo, constitución y régimen de propiedad horizontal, etc.; 9. La construcción de canalizaciones externas y subterráneas para extensión y distribución de redes de energía, teléfonos, acueducto y alcantarillado y en general, todo lo relacionado con servicios públicos; 10. Los montajes electromecánicos de centrales de generación de energía, hidráulica, térmica, a gas, etc.; 11. Los montajes de tubería de presión para centrales de generación y/o estaciones de bombeo; 12. Los montajes electromecánicos para plantas o instalaciones industriales, comerciales o de infraestructura; 13. La construcción de obras e infraestructura para el sector del petróleo incluyendo la construcción de oleoductos, poliductos, gasoductos, plataformas para pozos, estación de bombeo, etc.; 14. La construcción de estructuras para edificios, puentes e infraestructura en general en concreto o metálicas; 15. La enajenación de materiales de construcción nuevos y de sobrantes de obra; 16. La participación en sociedades civiles o comerciales, cuentas en participación y otras asociaciones, aun cuando su objeto social no tenga relación con el que aparece descrito en esta cláusula; 17. La adquisición a título oneroso de equipos, maquinaria, instalaciones, accesorios e implementos auxiliares empleados en la construcción de obras y edificios, con el propósito de usarlos en las obras que ejecute pudiendo también arrendarlos o celebrar con ellos cualquier tipo de transacción; 18. La sociedad podrá prestar servicios públicos domiciliarios, de tecnologías de la información y las comunicaciones, y actividades complementarias o inherentes a los mismos, así como ser socio de empresas de servicios públicos privadas o mixtas y/o participar en cualquier tipo de asociación como uniones temporales o consorcios y en general asociarse con terceros para la creación o no de personas jurídicas nuevas o para participar en las ya existentes que tengan por objeto la prestación de los servicios o actividades enunciadas, incluida la participación en promesas de sociedades futuras; 19. La compra, construcción, administración y operación de activos inmobiliarios, tales como hoteles, mini depósitos, centros comerciales, centros de distribución, tiendas de conveniencia, oficinas y almacenes, así como la realización de cualquier otro acto jurídico relacionado con dichos activos inmobiliarios; 20. La enajenación a cualquier título de valores muebles, tales como acciones, cuotas, títulos, participaciones, papeles comerciales y en general activos a través de los cuales la sociedad realice inversiones que tiendan a la precautelación e incremento de su patrimonio social; 21. La adquisición, producción, transformación, distribución y, en general, el comercio de materiales, accesorios, herramientas e implementos de naturaleza diversa empleados en la industria de la construcción. Para el desarrollo de su objeto social, la sociedad podrá: Adquirir, gravar, enajenar, limitar y dar en garantía toda clase de bienes raíces, muebles, equipos e implementos para la ejecución de obras y construcciones para respaldar obligaciones propias o de terceros y celebrar contratos en virtud de los cuales la sociedad tome a su cargo, directamente o por conducto de contratistas, la planeación o ejecución de estudios de factibilidad, de mercadeo y de actividades accesorias a la construcción de obras de urbanización, parcelación en áreas urbanas, suburbanas o rurales; la administración y venta de lotes, parcelas y edificaciones; la asociación con terceros para el desarrollo y ejecución de programas de urbanización, parcelación o construcción; establecer talleres para la reparación, sostenimiento y construcción de equipos; producir materiales destinados a obras o construcciones, y explotar canteras, playas y demás depósitos naturales o yacimientos de materiales para construcción con destino a sus obras o a la venta de los mismos; contratar la ejecución de obras o trabajos bajo las diferentes modalidades comerciales o administrativas de contratación; asociarse con terceros para la ejecución de obras o para la realización de proyectos específicos, bien sea bajo la modalidad de consorcios, uniones temporales o cualquier otro tipo de asociación o participación; subcontratar obras o parte de ellas; hacer inversiones de fomento y desarrollo para el aprovechamiento de incentivos de carácter fiscal autorizados por la ley o transitoriamente como utilización fructífera de fondos o recursos no necesarios de inmediato para el desarrollo de los negocios sociales; celebrar operaciones de crédito por activa o por pasiva con toda clase de personas u otorgar garantías, emitir bonos, tomar dinero en mutuo o dar en garantía sus bienes muebles o inmuebles; celebrar todas las operaciones de crédito que le permitan obtener los fondos u otros activos para el desarrollo de la empresa, comprar para revender, licitar, constituir sociedades filiales o promoverlas, formar u organizar sociedades o vincularse a otras sociedades o empresas o en servicios, absorberlas y fusionarse con ellas. En general celebrar o ejecutar toda clase de contratos u operaciones que sean necesarias o convenientes para el logro de los fines que persigue la sociedad o que puedan favorecer o desarrollar sus negocios o que en forma directa se relacionen con el objeto social, así como todos aquellos que estén orientados a cumplir las obligaciones o a ejercer los derechos que legal o convencionalmente se deriven de la existencia y actividad de la sociedad. Duración. La sociedad tendrá una duración indefinida. Capital. El capital social se encuentra enterado de la siguiente forma: $10.000.000 en dinero en efectivo que se integran a la caja social. Todo aumento de capital deberá quedar totalmente suscrito y pagado dentro del plazo máximo de 1 año contado desde la fecha en que se hubiere acordado o determinado dicho aumento. Administración: La administración de la sociedad será ejercida por doña MARJORIE ANDREA RAMÍREZ BEIZA, o la persona que designe, en calidad de Gerente General, la junta de accionistas por mayoría absoluta, la que deberá ser refrendada mediante escritura pública. El Gerente General tendrá todas las facultades necesarias e indispensables para desarrollar el objeto social, sin ninguna limitación, de modo que anteponiendo a su firma el nombre de la sociedad podrá obligar a la compañía en todo tipo de actos y contratos. Viña del Mar, a 15 de julio de 2021.