TRANSPORTES JASOL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de julio de 2021
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha once de Marzo de dos mil veintiuno, ante mí, doña JULIE WALESKA LUENGO SALAZAR, chilena, administrativa, casada y separada de bienes, cedula de identidad doce millones quinientos treinta y cinco mil trescientos dieciséis guion nueve, domiciliada en calle Los Escultores numero ciento ochenta y uno de la comuna de Temuco, y por la otra Don IGOR EDUARDO SOTO MUÑOZ, chileno, conductor, casado y separado de bienes, cédula de identidad número once millones seiscientos ochenta y siete mil cuatrocientos ochenta y cuatro guion nueve, domiciliado en calle Allipén, doscientos treinta, Brasil dos de la comuna de Temuco, expusieron: Que por escritura pública otorgada con fecha veintiocho de febrero del año dos mil catorce, ante notario público suplente don Rodrigo Sanhueza Rios del notario titular don Juan Loyola Opazo de la comuna y ciudad de Temuco, registrado bajo el repertorio setecientos ochenta y cuatro, los comparecientes firmaron la sociedad comercial de responsabilidad limitada que gira bajo la razón social de “TRANSPORTES JASOL LIMITADA”, también conocida como “TRANSPORTES JASOL LTDA”, rol único tributario número setenta y seis millones trescientos treinta y nueve mil novecientos noventa y seis guion seis. Un extracto de dicha escritura fue inscrita a fojas novecientos cuarenta y siete mil números seiscientos noventa y tres del Registro de Comercio del año dos mil catorce, a cargo del Primer Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Temuco, y publicado en el Diario Oficial número cuarenta mil ochocientos de fecha seis de marzo del año dos mil catorce. Esta sociedad fue objeto de saneamiento por escritura pública ante notario público titular de la comuna y ciudad de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo con fecha nueve de mayo del año dos mil catorce, inscribiéndose a fojas novecientos cuarenta y ocho vuelta numero seiscientos noventa y cuatro mil del Registro de Comercio del año dos mil catorce, a cargo del Primer Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Temuco, y modificada por escritura pública ante notario público titular de la comuna y ciudad de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo con fecha veintisiete de abril del año dos mil quince con el fin de ampliar su objeto de social, inscribiéndose a fojas setecientos noventa y siete numero quinientos cuarenta y uno del Registro de Comercio del año dos mil quince, a cargo del Primer Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Temuco. El capital social asciende a la suma de $20.000.000.- y se encuentra totalmente pagado, teniendo derechos sobre él don IGOR EDUARDO SOTO MUÑOZ en un noventa por ciento y doña JULIE WALESKA LUENGO SALAZAR en el restante diez por ciento. La administración de la sociedad, su representación legal y el uso de la razón social corresponden indistintamente a ambos socios. La vigencia de la sociedad fue pactada a un plazo de cinco años, a contar de la fecha de la escritura de constitución social, con renovación automática de plazo, salvo aviso de voluntad contraria. PRESENTE DISOLUCION Y LIQUIDACION: Que conforme a lo dispuesto en el artículo dos mil ciento siete del Código Civil, en relación con el artículo trescientos cincuenta del Código de Comercio, los comparecientes vienen, por acto escritura, en acordar la disolución anticipada de la sociedad, la que tendrá vigencia solamente hasta la fecha de la presente escritura. Que los comparecientes acuerdan, asimismo, realizar la liquidación de la sociedad de común acuerdo, conforme a las cláusulas que se señalan a continuación. Que los socios están de acuerdo en liquidar la sociedad adjudicándose cada uno de ellos los mismos aportes que efectuaron al momento de constituirla. Que en mérito de lo anterior la socia JULIE WALESKA LUENGO SALAZAR, se adjudica y retira la suma de cuatro millones de pesos, mediante Vale Vista número siete ocho ocho nueve nueve tres ocho del Banco Estado, tomado por Igor Eduardo Soto Muñoz y endosado a favor de JULIE WALESKA LUENGO SALAZAR quien declara recibirlo a su entera conformidad. Que el socio don IGOR EDUARDO SOTO MUÑOZ se adjudica y retira, y por ende, vuelve a ser propietario del siguiente bien inmueble: la propiedad consistente en el sitio y casa ubicado en la ciudad de Temuco, calle Los Escultores cero ciento ochenta y uno que corresponde al sitio numero dieciocho de la manzana cuarenta y uno del plano de loteo del conjunto habitacional denominado los creadores; aporte que se encuentra inscrito a fojas cuatro mil setecientos veintiocho vuelta número tres mil novecientos sesenta y ocho del Registro de propiedad del primer conservador de bienes raíces de Temuco del año dos mil catorce; cuyo titulo de dominio anterior para efectos de ilustración es a fojas ochocientos uno número ochocientos treinta y uno del registro de propiedad del primer conservador de bienes raíces de Temuco del año dos mil, cuyo certificado de avaluó fiscal es el cero seis mil trece guion catorce de la comuna de Temuco. En consecuencia, el valor total de adjudicación de estas propiedades es valorizado de común acuerdo por los socios en la suma de diez millones de pesos, por lo que el total adjudicado al socio señor IGOR EDUARDO SOTO MUÑOZ asciende a la suma de ocho millones de pesos y doña JULIE WALESKA LUENGO SALAZAR la suma de dos millones de pesos. Que en virtud de las adjudicaciones que se han efectuado los socios en las cláusulas precedentes, se dan por totalmente pagados de todo lo que les correspondiere en la referid sociedad, la que deberá tenerse por disuelta y liquidada con fecha de la presente escritura, por lo que los socios comparecientes se otorgan mutua y recíprocamente el más amplio y completo finiquito. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 07 de Julio de 2021.-