CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD ESPINOLA Y PAUCAR LIMITADA

RUT 25896975-8 CVE 1981388
Capital
$15.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de julio de 2021
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
20 de julio de 2021
Notario
JUAN ESPINOSA BANCALARI
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$15.000.000 CLP
Duración
5 años desde escritura, renovables automáticamente y por periodos iguales

Objeto social

La constitución, instalación, explotación y establecimiento de restaurantes de comida fusión peruana-japonés, venta de bebidas alcohólicas y analcohólicas para ser consumidas en el mismo local o bien para llevar; venta de productos congelados y todos aquellos relacionados al rubro gastronómico. La inversión en general, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, acciones, derechos sociales, valores mobiliarios, instrumentos financieros y cualquier otro tipo de valores o de efectos de comercio, administrarlos, arrendarlos y percibir sus frutos. La comercialización y explotación, compra, venta, importación y exportación, distribución minorista y mayorista, por cuenta propia y ajena de todo tipo de productos, alimentos, artículos o mercaderías, o cualquier clase de bienes muebles o inmuebles sean nuevos o usados. La representación en Chile y en el extranjero de empresas chilenas o extranjeras, de marcas comerciales, productos o servicios o empresas, cualquiera que sea su clase u objeto, así como todo acto, contrato, adquisición e implementación que los socios, de consuno, decidan realizar y que sean afines, tengan relación o sean conexos, en la actualidad o en el futuro, con los objetos sociales. Administración, representación legal y uso de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins N°528, certifica: Por escritura pública de fecha diecinueve de julio de dos mil veintiuno, bajo el Rep. 3058 ante mí: ROSALINDA MARÍA ESPINOLA VALDEZ, peruana, soltera, comerciante, cedula de identidad de extranjeros nº 25.896.975-8 y GEANFRANCO MAURICIO PAUCAR GONZALES, peruano, soltero, comerciante, cedula de identidad de extranjeros nº 25.697.532-7, ambos domiciliados en calle Pedro Lira número doscientos guion B de la comuna de San Pedro de la Paz, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social “SOCIEDAD ESPINOLA Y PAUCAR LIMITADA” nombre de fantasía “TANTI PERUANA NIKKEI”. Domicilio ciudad de San Pedro de la Paz, sin perjuicio de las sucursales, agencias, representaciones que puedan establecer en otro punto del país o extranjero. Objeto: La constitución, instalación, explotación y establecimiento de restaurantes de comida fusión peruana-japonés, venta de bebidas alcohólicas y analcohólicas para ser consumidas en el mismo local o bien para llevar; venta de productos congelados y todos aquellos relacionados al rubro gastronómico. La inversión en general, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, acciones, derechos sociales, valores mobiliarios, instrumentos financieros y cualquier otro tipo de valores o de efectos de comercio, administrarlos, arrendarlos y percibir sus frutos. La comercialización y explotación, compra, venta, importación y exportación, distribución minorista y mayorista, por cuenta propia y ajena de todo tipo de productos, alimentos, artículos o mercaderías, o cualquier clase de bienes muebles o inmuebles sean nuevos o usados. La representación en Chile y en el extranjero de empresas chilenas o extranjeras, de marcas comerciales, productos o servicios o empresas, cualquiera que sea su clase u objeto, así como todo acto, contrato, adquisición e implementación que los socios, de consuno, decidan realizar y que sean afines, tengan relación o sean conexos, en la actualidad o en el futuro, con los objetos sociales. Administración, representación legal y uso de razón social: corresponderá a los socios Rosalinda María Espinola Valdez y Geanfranco Mauricio Paucar Gonzales, quienes podrán actuar conjunta e indistintamente y anteponiendo la razón social a sus firmas y obligarán a la sociedad en todos los actos y negocios jurídicos que celebren por ella. Capital: $15.000.000.-, cada socio aporta $7.500.000.-en efectivo, el que entra a la caja social. Duración: 5 años desde escritura, renovables automáticamente y por periodos iguales. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción,20 de julio de 2021.