INVERSIONES AMQ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de junio de 2021
- Repertorio
- 4141/2021
- Notario
- CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $136.000.000 CLP
Administración
La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Felipe Sebastián Inzunza Marín, y a don Luciano Rodrigo Inzunza Marín, quienes actuando en forma indistinta e individualmente cualesquiera de ellos, y anteponiendo la razón social a sus firmas, representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades señaladas en la escritura extractada que se dan por reproducidas una a una. No obstante, lo establecido precedentemente, los administradores señalados siempre deberán obrar conjuntamente para realizar o celebrar aquellos actos indicados en escritura extractada que se dan por reproducidos.”. La
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ, Notario Público Concepción, con oficio en Barros Arana Nº989, certifico: Que por escritura pública de fecha 09 de Junio de 2021, ante mí, Repertorio Nº4141/2021, comparecen: FELIPE SEBASTIÁN INZUNZA MARÍN; INVERSIONES Y ASESORÍAS FIC LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número 77.359.497-K; don JOSÉ LUIS INZUNZA MARÍN, INVERSIONES Y ASESORÍAS JCSL LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número 77.359.521-6; don LUCIANO RODRIGO INZUNZA MARÍN; INVERSIONES Y ASESORÍAS ILC LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número 77.359.435-K; doña VALENTINA ANDREA INZUNZA MARÍN, e, INVERSIONES Y ASESORÍAS VAINMA LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número 77.359.409-0. Todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Jaen 128, Valle Noble, comuna de Concepción, Región del Bio Bio, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “INVERSIONES AMQ LIMITADA”, RUT N° 76.435.854-6, CAPITAL VIGENTE: $136.000.000, en extracto inscrita a fojas 1.206 bajo el N° 966 del Registro de Comercio del año 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, publicada en D.O. 20-05-2015, y de cuyo texto extracto lo siguiente: a) PAGO DE APORTE: Socios comparecientes dieron cuentan de los siguientes aportes y pagos de los mismos, efectuados por don Felipe Sebastián Inzunza Marín quien aportó a Inversiones y Asesorías FIC Limitada el 100 % de los derechos sociales que tiene en la sociedad Inversiones AMQ Limitada, equivalentes al 25 % del total de los derechos sociales; don José Luis Inzunza Marín quien aportó a Inversiones y Asesorías JCSL Limitada el 100% de los derechos sociales que tiene en la sociedad Inversiones AMQ Limitada, equivalentes al 25 % del total de los derechos sociales; don Luciano Rodrigo Inzunza Marín quien aportó a Inversiones y Asesorías ILC Limitada el 100 % de los derechos sociales que tiene en la sociedad Inversiones AMQ Limitada, equivalentes al 25 % del total de los derechos sociales; y doña Valentina Andrea Inzunza Marín quien aportó a Inversiones y Asesorías VAINMA Limitada el 100 % de los derechos sociales que tiene en la sociedad Inversiones AMQ Limitada, equivalentes al 25 % del total de los derechos sociales, situación aceptada por todos los socios de Inversiones AMQ Limitada. Como consecuencia de los aportes efectuados, don Felipe Sebastián Inzunza Marín, don José Luis Inzunza Marín, don Luciano Rodrigo Inzunza Marín, y doña Valentina Andrea Inzunza Marín, se retiran de la sociedad Inversiones AMQ Limitada, incorporándose como nuevos socios las sociedades Inversiones y Asesorías FIC Limitada, Inversiones y Asesorías JCSL Limitada, Inversiones y Asesorías ILC Limitada, e Inversiones y Asesorías VAINMA Limitada, alcanzando cada una de ellas el 25 % del total de los derechos sociales, situación que es aceptada por todos los comparecientes. b) MODIFICACIONES SOCIALES: Los socios comparecientes acordaron sustituir los siguientes artículos de los Estatutos Sociales de Inversiones AMQ Limitada, los que quedaron en el siguiente sentido: 1) “ARTÍCULO QUINTO. El capital de la sociedad será la suma de $136.000.000, que se aporta por los socios de la siguiente manera: Uno) Inversiones y Asesorías FIC Limitada aporta la suma de $34.000.000, equivalentes al 25 % del capital social, enterada en su totalidad con anterioridad a esta fecha, en la caja social. Dos) Inversiones y Asesorías JCSL Limitada aporta la suma de $34.000.000, equivalentes al 25 % del capital social, enterada en su totalidad con anterioridad a esta fecha, en la caja social. Tres) Inversiones y Asesorías ILC Limitada aporta la suma de $34.000.000, equivalentes al 25 % del capital social, enterada en su totalidad con anterioridad a esta fecha, en la caja social. Cuatro) Inversiones y Asesorías VAINMA Limitada aporta la suma de $34.000.000, equivalentes al 25 % del capital social, enterada en su totalidad con anterioridad a esta fecha, en la caja social. En consecuencia, las partes declaran íntegramente aportado y enterado el capital social.”; 2) “ARTÍCULO OCTAVO: Uso de la Razón Social. La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Felipe Sebastián Inzunza Marín, y a don Luciano Rodrigo Inzunza Marín, quienes actuando en forma indistinta e individualmente cualesquiera de ellos, y anteponiendo la razón social a sus firmas, representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades señaladas en la escritura extractada que se dan por reproducidas una a una. No obstante, lo establecido precedentemente, los administradores señalados siempre deberán obrar conjuntamente para realizar o celebrar aquellos actos indicados en escritura extractada que se dan por reproducidos.”. La responsabilidad de los socios se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. En lo demás, estatutos sociales se mantienen íntegramente vigentes. Demás estipulaciones escritura extractada. CONCEPCIÓN, a 20 de Julio de 2021.-