CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA E INVERSIONES LA HORMIGUITA SpA

CVE 1981517
Fecha instrumento
6 de julio de 2021
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
6 de julio de 2021
Repertorio
4834/2021
Notario
CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ
Domicilio
Concepción

Sociedad

Domicilio
Concepción, Región del Biobío
Duración
Indefinida

Objeto social

a) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; b) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y c) En general, todas las actividades complementarias, relacionadas directa o indirectamente con las anteriores y cualquier otra actividad o negocio lícito relacionado con los fines sociales que los accionistas acuerden

Administración

La Sociedad será administrada por un Administrador, pudiendo este ser o no accionista, designado — y esencialmente revocable — por la Junta de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ, Notario Público Concepción, con oficio en Barros Arana Nº989, certifico: Que por escritura pública de fecha 06 de Julio de 2021, ante mí Notario Suplente don Francisco Javier Hermida Brevis, Repertorio Nº4834/2021, doña MARÍA ANDREA PINILLA LAGOS, chilena, psicóloga, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número once millones ochocientos noventa y seis mil setecientos cincuenta y cuatro guion dos, domiciliada en William Condon número tres mil ciento setenta y dos, El Venado, de San Pedro de la Paz, Región del Biobío; don RODRIGO FRANCISCO IBÁÑEZ PINILLA, chileno, estudiante universitario, soltero, cédula nacional de identidad número veinte millones doscientos cincuenta y seis mil trescientos treinta y siete guion seis, domiciliado en William Condon número tres mil ciento setenta y dos, El Venado, de San Pedro de la Paz, Región del Biobío; don OSCAR OSVALDO IBÁÑEZ PINILLA, chileno, estudiante universitario, soltero, cédula nacional de identidad número diecinueve millones quinientos noventa y ocho mil trescientos cincuenta y ocho guion cinco, con domicilio en William Condon número tres mil ciento setenta y dos, El Venado, de San Pedro de la Paz, Región del Biobío; y don NICOLÁS EXEQUIEL IBÁÑEZ PINILLA, chileno, ingeniero civil industrial, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número diecisiete millones seiscientos trece mil ochocientos noventa y tres guion nueve, con domicilio en Kilómetro veintiuno coma cuatro, camino a Santa Juana, Condominio Altos de Mitrinhue, lote veinte B, comuna de Concepción, Región del Biobío; Constituyeron sociedad por acciones. Nombre: INMOBILIARIA E INVERSIONES LA HORMIGUITA SpA. Objeto: a) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; b) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y c) En general, todas las actividades complementarias, relacionadas directa o indirectamente con las anteriores y cualquier otra actividad o negocio lícito relacionado con los fines sociales que los accionistas acuerden. Domicilio: Concepción, Región del Biobío, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Capital: diez millones de pesos, dividido y representado en mil acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas íntegramente en la forma señalada en escritura. Administración: La Sociedad será administrada por un Administrador, pudiendo este ser o no accionista, designado — y esencialmente revocable — por la Junta de Accionistas. Amplias facultades, señaladas en escritura. En artículo segundo transitorio se nombra Administradora a doña MARÍA ANDREA PINILLA LAGOS, designación que se mantendrá vigente mientras la Junta de Accionistas no acuerde su remoción. Demás estipulaciones en escritura extractada. CONCEPCIÓN, 20 de Julio de 2021.