Asesorías Gajardo & Lecaros Limitada
Instrumento
- Fecha
- 8 de julio de 2021
- Notario
- LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS
- Oficio
- 22 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Notario Público Titular de la 22 Notaría de Santiago, Don Carlos 2889, Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 8 de Julio de 2021, ante mí, PATRICIA LECAROS BARTELSMAN, por sí y en representación de INMOBILIARIA GAJARDO & LECAROS LIMITADA, ambos domiciliados en Diego de Almagro 4765, departamento 423, Ñuñoa, región Metropolitana y CRISTÓBAL VARELA OVALLE, en representación de don JOAQUÍN ALFREDO GAJARDO SANDINO, ambos domiciliados en Avenida Alonso de Córdova 5670 oficina 1202, piso doce, Las Condes, región Metropolitana, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada ASESORÍAS GAJARDO & LECAROS LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 10 de Junio 2008, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, inscrita a fojas 26515 número 18188, en el Registro de Comercio de Santiago año 2008, en el siguiente sentido: INMOBILIARIA GAJARDO & LECAROS LIMITADA compró a PATRICIA LECAROS BARTELSMAN el 50% del total de los derechos sociales, en la suma de $500.000, pagados en el acto al contado y en dinero en efectivo. Se modifica pacto social en el siguiente sentido: Modifican Cláusula Sexta pacto social, que queda como sigue: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.-, que se aporta por los socios del siguiente modo: a) Don JOAQUÍN ALFREDO GAJARDO SANDINO, aporta la suma de $500.000.- equivalentes al 50% del total del capital social, ya ingresados a la caja social y que la sociedad declara haber recibido a su entera satisfacción; y b) la sociedad INMOBILIARIA GAJARDO & LECAROS LIMITADA, aporta la suma de $500.000.- equivalentes al 50% del total del capital social, ya ingresados a la caja social y que la sociedad declara haber recibido a su entera satisfacción”. En lo no modificado se ratifican los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan de escritura que extracto. Santiago, 20 de Julio de 2021.