NUEVA INVERSIONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de julio de 2021
- Repertorio
- 1743-2021
- Notario
- ZUNILDA VITALIA SUAZO CASTILLO
- Oficio
- Interina de la Segunda Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $30.000 CLP
Administración
Por el presente instrumento, los únicos y actuales socios de NUEVA INVERSIONES LIMITADA acordaron modificar el artículo sexto de los Estatutos Sociales, relativo a la administración, representación y uso de la razón social de la compañía, modificando la limitación de los administradores, señalando que será necesaria la actuación conjunta de ambos administradores para realizar cualquier acto, contrato o negocio jurídico que exceda las 8.000 UF. En lo no modificado se mantienen vigentes las
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| JIMENA PATRICIA SANHUEZA VERA | socio | 14372265-1 | — | — | |
| DANIEL ELÍAS JIMÉNEZ NAVARRO | socio | 13796641-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalZUNILDA VITALIA SUAZO CASTILLO, Abogada, Notario Público Interina de la Segunda Notaría de Concepción, con oficio en calle San Martín Nº 906, Concepción, certifica: Que, por escritura pública de fecha 05 de Julio 2021, Repertorio N°1.743-2021, compareció ante mí, doña JIMENA PATRICIA SANHUEZA VERA, CIN° 14.372.265-1, por sí, y en representación de DANIEL ELÍAS JIMÉNEZ NAVARRO, CIN°13.796.641-7, ambos domiciliados para estos efectos en O’Higgins 241, oficina 821, comuna de Concepción, modificó sociedad “NUEVA INVERSIONES LIMITADA”, RUT 77.384.044-k inscrita en el Registro de Comercio de Concepción del año 2021, a fojas 1078 vuelta número 758, capital $30.000.000 en el siguiente sentido: MODIFICACIÓN ADMINISTRACIÓN: Por el presente instrumento, los únicos y actuales socios de NUEVA INVERSIONES LIMITADA acordaron modificar el artículo sexto de los Estatutos Sociales, relativo a la administración, representación y uso de la razón social de la compañía, modificando la limitación de los administradores, señalando que será necesaria la actuación conjunta de ambos administradores para realizar cualquier acto, contrato o negocio jurídico que exceda las 8.000 UF. En lo no modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, Julio 07 de 2021.- Doy fe.-