MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

JARDÍN INFANTIL IL GIARDINO LIMITADA

RUT 79765980-0 CVE 1981301
Capital
$4.440.216 CLP
Fecha instrumento
15 de julio de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de julio de 2021
Notario
Marco Antonio Sepúlveda Larroucau
Oficio
Reemplazante del Titular de la 22 Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.440.216 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Marco Antonio Sepúlveda Larroucau, Notario Público Reemplazante del Titular de la 22 Notaria de Santiago, don Luis Enrique Tavolari Oliveros, Don Carlos 2889, Las Condes certifico: por escritura pública de 15 de julio de 2021, ante el Titular, doña MARINA PAOLA PINO FIGUEROA, C.I.N°12.497.568-9, don GASTÓN IGNACIO PEÑA DRAGO, C.I.N°12.454.859-4, ambos domiciliados en Camino de Las Carmelitas 6.717, Alto Macul, comuna de La Florida, Santiago; doña CAMILA ANDREA ALTAMIRANO OLEA, C.I.N°15.180.232-K, y don ALEJANDRO ALFONSO NÚÑEZ SALDÍAS, C.I.N°14.485.055-6, ambos domiciliados en Avenida Manuel Montt número 610, departamento 805, comuna de Providencia, Santiago; modificaron la sociedad civil de responsabilidad limitada “JARDÍN INFANTIL IL GIARDINO LIMITADA”, RUT N°79.765.980-0, cuyo extracto de la constitución se inscribió a fojas 24.515, bajo el número 14.233, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1987, y se publicó en el Diario Oficial con fecha 9 de diciembre de ese mismo año.- Dicha modificación es en los siguientes sentidos: a) doña MARINA PAOLA PINO FIGUEROA se retira de la sociedad y vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, equivalente al 98% de los derechos sociales totales, a doña CAMILA ANDREA ALTAMIRANO OLEA, quien los compra, acepta y adquiere para sí por la suma de $63.700.000.-, pagados al contado; b) don GASTÓN IGNACIO PEÑA DRAGO se retira de la sociedad y vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, equivalente al 2% de los derechos sociales totales, a don ALEJANDRO ALFONSO NÚÑEZ SALDÍAS, quien los compra, acepta y adquiere para sí por la suma de $1.300.000.-, pagados al contado; c) En vista de lo anterior, los socios actuales modificaron cláusula cuarta del pacto social, sobre capital, que queda como sigue: “Cuarto: Capital. El capital de la Sociedad será la suma de $4.440.216.-, que los socios aportan en la siguiente proporción: a) Doña CAMILA ANDREA ALTAMIRANO OLEA aporta la suma de $4.351.412.-, en dinero efectivo, ingresado a caja social, que representa el 98% de los derechos sociales totales; y b) Don ALEJANDRO ALFONSO NÚÑEZ SALDÍAS aporta la suma de $88.804.-, en dinero efectivo, ingresado a caja social, que representa el restante 2% de los derechos sociales totales.”. Igualmente, los actuales socios modificaron la cláusula sexta, sobre Administración y uso de la razón social, que ahora corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios, doña CAMILA ANDREA ALTAMIRANO OLEA o don ALEJANDRO ALFONSO NÚÑEZ SALDÍAS, quienes la representarán con las más amplias facultades.- Los socios ratificaron límite de responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. En lo no modificado se mantienen inalteradas y vigentes las estipulaciones del pacto social. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de Julio de 2021.-