GAS QUINTA REGIÓN NORTE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de junio de 2021
- Repertorio
- 611-2021
- Notario
- Cristian Andrés García Mechsner
- Oficio
- Segunda Notaría de Quintero-Puchuncaví
Sociedad
- Capital
- $6.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCristian Andrés García Mechsner, Notario Público de la Segunda Notaría de Quintero-Puchuncaví, con asiento en lacomuna de Puchuncaví, con oficio en Santiago Torres N° 171, local 3, certifica por escritura pública de fecha 08 de junio de 2021, repertorio 611-2021, suscrita ante mí, don RICHARD ALEXANDER FRANJOLA BUSTOS, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad N° 13.252.817-9; doña ROXANA DEL PILAR MENA PEÑA, chilena, casada bajorégimen de separación total de bienes, empresaria, cédula de identidad N° 15.077.349-0; doña LORENA LUISA HERRERA HERNÁNDEZ, chilena, soltera, comerciante, cédula de identidad N° 12.222.783-3; doña ALICIA DEL PILAR PEÑA RIQUELME, chilena, casada, cédula nacional de identidad N° 9.230.475-2; todos domiciliados en Ruta F 30 E, sin número, Maitencillo, Puchuncaví, modifican sociedad “GAS QUINTA REGIÓN NORTE LIMITADA” o “GASNOR LTDA”, RUT76.136.057-4, inscrita a fojas 10.302, N° 7.915 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2011, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial del día 2 de marzo de 2011. Modificaciones: 1) Aumento de capital de la suma actual de $6.000.000 a la suma de $240.000.000, aumento que se hace de la siguiente manera: a) se capitalizan las utilidades generadas y acumuladas al 31 de diciembre de 2020, por la suma de $225.876.001.-, según detalle escritura extractada; b) Se aporta por los socios la suma de $8.123.999.-, en dinero efectivo, ya ingresadas a la caja social, según detalle escritura extractada. 2) El capital de la sociedad será la suma de $240.000.000.-, que queda aportado por los socios como se indica: UNO) Don Richard Alexander Franjola Bustos, la suma de $84.000.000, que corresponden al 35% del total de los derechos sociales de la sociedad que se modifica; DOS) Doña Roxana del Pilar Mena, la suma de $120.000.000.- que corresponden al 50% del total de los derechos sociales de la sociedad que se modifica; TRES) Doña Lorena Luisa Herrera Hernández, la suma de $24.000.000, que corresponden al 10% del total de los derechos sociales de la sociedad que se modifica; CUATRO) Doña Alicia del Pilar Piña Riquelme, la suma de $12.000.000, que corresponde al 5% del total de los derechos sociales de la sociedad que se modifica. 3) Se modifica cláusula séptima del pacto social, utilidades y pérdidas se distribuirán en proporción a respectivos aportes. 4) Se modifica cláusula décimo primera de la escritura de constitución de sociedad, en lo referente a la duración de la sociedad, acordado que la vigencia de ella será indefinida. En todo lo no modificado, rige pacto original y sus modificaciones. Demás estipulaciones escritura extractada. Puchuncaví, 19 de Julio de 2021.