MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONSTRUCTORA BURSOL LIMITADA

RUT 84366700-7 CVE 1980925
Fecha instrumento
24 de mayo de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de mayo de 2021
Repertorio
5343-2021
Notario
Patricio Raby Benavente
Oficio
Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Patricio Raby Benavente, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Santiago, Gertrudis Echenique 30, of. 32, Las Condes, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 24 de mayo de 2021, ante mí, Repertorio N° 5.343-2021, Roberto Alfredo Burgos Cerda, domiciliado en Avenida Luis Pasteur N° 7.530, Vitacura; María Angélica Hormazábal Villagra, domiciliada en Avenida Luis Pasteur N° 7.530, Vitacura; María Verónica Alcaíno Bentham, domiciliada en Avenida Francisco Bilbao N° 6.095, departamento 31, La Reina; Fernando Alcaíno Bentham, domiciliado en calle Montenegro N° 2.277, Ñuñoa; Felipe Alcaíno Bentham, representado por Francisco Andrés Alcaíno Madrid, domiciliados en Avenida Francisco Bilbao N° 6.095, departamento 11, La Reina; María Carolina Gómez Cepeda, domiciliada en Avenida Américo Vespucio N° 2.101, departamento 401, Vitacura; Mario Teófilo Gómez Cepeda, domiciliado en calle Los Militares N° 4.915, departamento 202, Las Condes; y María Eliana Gómez Cepeda, domiciliada en El Raco N° 874, Lo Barnechea; actuales y únicos socios de CONSTRUCTORA BURSOL LIMITADA, inscrita fojas 3.807 N° 2.179 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1976, acordaron: (I) dejar constancia del fallecimiento de la socia Mercia Bentham Izzard y de la posterior adjudicación de la totalidad de los derechos sociales de que era titular a María Verónica Alcaíno Bentham, un 5,0066% de los derechos sociales en el capital social, a Fernando Alcaíno Bentham, un 5,0067% de los derechos sociales en el capital social y a Felipe Alcaíno Bentham, un 5,0067% de los derechos sociales en el capital social; (II) dejar constancia del fallecimiento de la socia María Eliana Cepeda Alzérreca y de la posterior adjudicación de la totalidad de los derechos sociales de que era titular a Mario Teófilo Gómez Cepeda, un 2,6566666667% de los derechos sociales en el capital social, a María Carolina Gómez Cepeda, un 2,6566666667% de los derechos sociales en el capital social y a María Eliana Gómez Cepeda, un 2,6566666666% de los derechos sociales en el capital social. (III) dejar constancia que las actuales participaciones sociales son: a) Roberto Alfredo Burgos Cerda, con un 23,93% del total de los derechos sociales; b) María Angélica Hormazábal Villagra, con un 23,93% del total de los derechos sociales; c) María Verónica Alcaíno Bentham, con un 10,0132667% del total de los derechos sociales; d) Fernando Alcaíno Bentham, con un 10,0133667% del total de los derechos sociales; e) Felipe Alcaíno Bentham, con un 10,0133666% del total de los derechos sociales; f) María Carolina Gómez Cepeda, con un 7,3666666667% del total de los derechos sociales; g) Mario Teófilo Gómez Cepeda, con un 7,3666666667% del total de los derechos sociales; y h) María Eliana Gómez Cepeda, con un 7,3666666666% del total de los derechos sociales. (IV) En virtud de la declaraciones señaladas, los actuales y únicos socios de Constructora Bursol Limitada, acordaron modificar los estatutos sociales en el siguiente sentido: (a) que la administración social corresponda conjuntamente a Roberto Alfredo Burgos Cerda o a María Loreto Burgos Hormazábal, pudiendo actuar indistintamente uno cualquiera de ellos con María Verónica Alcaíno Bentham con todas las facultades indicadas en la cláusula octava de los estatutos sociales, reemplazando íntegramente la cláusula octava relativa a la administración social. (b) reemplazar el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Capital. ARTÍCULO QUINTO: El capital social es la suma de trescientos noventa y cuatro millones novecientos veintisiete mil quinientos cinco pesos, que se ha aportado y enterado por los socios en la siguiente forma: (A) Roberto Alfredo Burgos Cerda ha aportado y enterado íntegramente en caja social la suma de noventa y cuatro millones quinientos seis mil ciento cincuenta y dos pesos, equivalente aproximadamente a un veintitrés coma noventa y tres por ciento del capital social; (B) María Angélica Hormazábal Villagra ha aportado y enterado íntegramente en caja social la suma de noventa y cuatro millones quinientos seis mil ciento cincuenta y dos pesos, equivalente aproximadamente a un veintitrés coma noventa y tres por ciento del capital social; (C) María Verónica Alcaíno Bentham ha aportado y enterado íntegramente la suma total de treinta y nueve millones quinientos cuarenta y cinco mil ciento cuarenta y cuatro pesos, equivalente aproximadamente a un diez coma cero uno tres dos seis seis siete por ciento del capital social; (D) Fernando Alcaíno Bentham ha aportado y enterado íntegramente la suma total de treinta y nueve millones quinientos cuarenta y cinco mil quinientos treinta y nueve pesos, equivalente aproximadamente a un diez coma cero uno tres tres seis seis siete por ciento del capital social; (E) Felipe Alcaíno Bentham ha aportado y enterado íntegramente la suma total de treinta y nueve millones quinientos cuarenta y cinco mil quinientos treinta y nueve pesos, equivalente aproximadamente a un diez coma cero uno tres tres seis seis seis por ciento del capital social; (F) Mario Teófilo Gómez Cepeda ha aportado y enterado íntegramente la suma total de veintinueve millones noventa y dos mil novecientos noventa y tres pesos, equivalente aproximadamente a un siete coma tres seis seis seis seis seis seis seis seis siete por ciento del capital social; (G) María Carolina Gómez Cepeda ha aportado y enterado íntegramente la suma total de veintinueve millones noventa y dos mil novecientos noventa y tres pesos, equivalente aproximadamente a un siete coma tres seis seis seis seis seis seis seis seis siete por ciento del capital social; y (H) María Eliana Gómez Cepeda ha aportado y enterado íntegramente la suma total de veintinueve millones noventa y dos mil novecientos noventa y tres pesos, equivalente aproximadamente a un siete coma tres seis seis seis seis seis seis seis seis seis por ciento del capital social. Se deja expresa constancia de que los porcentajes de participación de cada socio en el capital social señalados precedentemente son aproximados y se indican a título meramente ilustrativo, primando por sobre estos la proporción que representa el aporte efectivamente realizado por cada socio”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de julio de 2021. P. Raby B., Notario Público Titular.