MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

S&G ASEO Y MANTENCIÓN LIMITADA

RUT 76448736-2 CVE 1980471
Capital
$1.500.000 CLP
Fecha instrumento
30 de junio de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de junio de 2021
Notario
KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
Domicilio
don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público, Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 30/06/2021, REP. N° 13.552 - 2021, ante mí: don SEBASTIÁN GABRIEL NEIRA RÍOS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero, cédula nacional de identidad número 16.423.918-7, JUAN CARLOS HIDROBO ROQUE, chileno, casado en sociedad conyugal, ingeniero en comercio exterior, cédula nacional de identidad número 13.428.414-5, y GABRIELA BELÉN ULLOA GONZÁLEZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, ingeniera, cédula nacional de identidad número 17.623.128-9, todos domiciliados para estos efectos en avenida Santa Clara número 301, oficina 2.807, comuna de Huechuraba, provincia de Santiago, región Metropolitana, siendo los únicos y actuales socios de la sociedad S&G ASEO Y MANTENCIÓN LIMITADA, la modificaron en el siguiente sentido: PRIMERO: Los señores Sebastián Gabriel Neira Ríos, con un 35% por ciento de los derechos sociales, Juan Carlos Hidrobo Roque, con un 30% por ciento de los derechos sociales, y doña Gabriela Belén Ulloa González con un 35% por ciento de los derechos sociales, son los únicos y actuales socios de la sociedad S&G ASEO Y MANTENCIÓN LIMITADA, cuyo capital asciende a la suma de tres millones de pesos, que fue constituida por escritura pública de fecha 03 de octubre de 2016, otorgada en la Notaría de Santiago de don Cosme Fernando Gomila Gatica. Un extracto de ella se inscribió a fojas 75.501 número 40.705 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2016, y fue publicado en el Diario Oficial con fecha 19 de octubre del mismo año. Posteriormente, la sociedad fue rectificada con respecto al nombre de fantasía, por extracto de fecha 20 de octubre de 2016, inscrito a fojas 78.479 número 42.350 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2016, y fue publicado en el Diario Oficial con fecha 26 de octubre de 2016. SEGUNDO: La modificación que da cuenta el presente extracto se refiere a una cesión de derechos sociales, de la forma que a continuación se expone: UNO: Don SEBASTIÁN GABRIEL NEIRA RÍOS, con expreso consentimiento de los otros socios, vende, cede y transfiere a don JUAN CARLOS HIDROBO ROQUE, quien acepta dicha cesión, un 10% de los derechos sociales que él tiene en la sociedad S&G ASEO Y MANTENCIÓN LIMITADA. El precio de la cesión es la suma de trescientos mil pesos, que se paga en este acto al contado y en dinero efectivo, a entera satisfacción del cedente; DOS: Asimismo, doña GABRIELA BELÉN ULLOA GONZÁLEZ, con expreso consentimiento de los otros socios, vende, cede y transfiere a don JUAN CARLOS HIDROBO ROQUE, quien acepta dicha cesión, un 10% de los derechos sociales que ella tiene en la sociedad S&G ASEO Y MANTENCIÓN LIMITADA. El precio de la cesión es la suma de trescientos mil pesos, pagado al contado y en dinero efectivo; TERCERO: Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, los socios modifican los estatutos sociales en los siguientes términos: A) Se reemplaza íntegramente la cláusula octava por la siguiente: “OCTAVO: CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de tres millones de pesos, completamente enterado por cada uno de los socios, e ingresado en la caja social de la siguiente forma: don Sebastián Gabriel Neira Ríos con un 25% de los derechos sociales equivalentes a $750.000 enterados con anterioridad a este acto; doña Gabriela Belén Ulloa González con un 25% de los derechos sociales equivalentes a $750.000 enterados con anterioridad a este acto; y, don Juan Carlos Hidrobo Roque con un 50% de los derechos sociales enterados con anterioridad a este acto, con la suma de $1.500.000. Demás estipulaciones en escritura extractada.- SANTIAGO, a 08 de julio del año 2021.