CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MEDLOG CHILE EXTRAPORTUARIOS LIMITADA

CVE 1980410
Fecha instrumento
12 de julio de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
12 de julio de 2021
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
8va Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Santiago de Chile
Duración
cinco años a contar fecha constitución prorrogable periodos iguales forma indicada escritura extractada. Demás antecedentes constan escritura extractada

Objeto social

El objeto exclusivo de la sociedad será la actividad de almacenaje en los términos previstos en el Reglamento para la Habilitación y Concesión de los Recintos de Depósitos Aduanero y el Almacenamiento de las Mercancías, Decreto mil ciento catorce de mil novecientos noventa y siete del Ministerio de Hacienda, que comprende la explotación de recintos de depósito aduanero denominados almacenes extraportuarios, que corresponden a recintos de depósito aduaneros autorizados mediante habilitación directa, destinados a prestar servicios a terceros, donde pueden almacenarse cualquiera mercancía hasta el momento de su retiro, para importación, exportación u otra destinación aduanera. La sociedad podrá, adicionalmente, otorgar Servicios Complementarios, esto es aquellos que se vinculan directa o indirectamente con la función de almacenaje de mercancías, tales como consolidación y desconsolidación de la carga, almacenamiento de contenedores nacionales o nacionalizados vacíos para consolidación de mercancías o reposición de los mismos, pesaje de bultos, presentación de las mercancías para aforo físico y reconocimiento, y reembalaje, ello en la medida que sean compatibles con la naturaleza del recinto de depósito; y Servicios Adicionales, esto es aquellos que no estando vinculados directa ni indirectamente con la función de almacenaje, puede ofrecer el almacenista u otra entidad autorizada por él, siempre que contribuyan a un mejor desempeño de la función principal, tales como reparación de contenedores, vulcanización, cafetería, siempre que se encuentren autorizados por el Servicio Nacional de Aduanas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la 8va Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos N° 941, oficina 302, Santiago, certifica: Por escritura de fecha 12 de julio de 2021, ante mí, MEDLOG CHILE S.A., sociedad chilena del giro depósito de contenedores y servicios logísticos a la carga, con domicilio en Camino Las Mercedes 14.851, comuna de Pudahuel, Santiago, Chile y MEDLOG S.A., sociedad suiza del giro inversiones en compañías comerciales, financieras e industriales, con domicilio en Chemin Rieu 12 – 14, 1208, Ginebra, Suiza, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Nombre o razón social: MEDLOG CHILE EXTRAPORTUARIOS LIMITADA, sin perjuicio de lo cual la sociedad podrá funcionar y actuar frente a terceros, inclusive ante los bancos e instituciones financieras, con el nombre de fantasía “MEDLOG EXTRAPORTUARIOS LTDA.” Domicilio: Santiago de Chile, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o en el extranjero. Objeto: El objeto exclusivo de la sociedad será la actividad de almacenaje en los términos previstos en el Reglamento para la Habilitación y Concesión de los Recintos de Depósitos Aduanero y el Almacenamiento de las Mercancías, Decreto mil ciento catorce de mil novecientos noventa y siete del Ministerio de Hacienda, que comprende la explotación de recintos de depósito aduanero denominados almacenes extraportuarios, que corresponden a recintos de depósito aduaneros autorizados mediante habilitación directa, destinados a prestar servicios a terceros, donde pueden almacenarse cualquiera mercancía hasta el momento de su retiro, para importación, exportación u otra destinación aduanera. La sociedad podrá, adicionalmente, otorgar Servicios Complementarios, esto es aquellos que se vinculan directa o indirectamente con la función de almacenaje de mercancías, tales como consolidación y desconsolidación de la carga, almacenamiento de contenedores nacionales o nacionalizados vacíos para consolidación de mercancías o reposición de los mismos, pesaje de bultos, presentación de las mercancías para aforo físico y reconocimiento, y reembalaje, ello en la medida que sean compatibles con la naturaleza del recinto de depósito; y Servicios Adicionales, esto es aquellos que no estando vinculados directa ni indirectamente con la función de almacenaje, puede ofrecer el almacenista u otra entidad autorizada por él, siempre que contribuyan a un mejor desempeño de la función principal, tales como reparación de contenedores, vulcanización, cafetería, siempre que se encuentren autorizados por el Servicio Nacional de Aduanas. Capital: El capital social es la cantidad de quinientos sesenta millones de pesos que se entera por los socios como se indica, quedando cada uno de ellos con la siguiente participación en la sociedad: MEDLOG CHILE S.A. aporta y paga en este acto la suma de quinientos cincuenta y cuatro millones cuatrocientos mil pesos equivalentes al 99% de los derechos sociales; y MEDLOG S.A. aporta y paga en este acto la suma de cinco millones seiscientos mil pesos equivalentes al 1% de los derechos sociales. Estos aportes se encuentran totalmente enterados en arcas sociales en dinero efectivo. Responsabilidad de los socios: limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración y uso razón social: corresponde a socio MEDLOG CHILE S.A., quien designará a la persona que se hará cargo de la misma con el título de Gerente General, mediante escritura pública de delegación de poder, que podrá ser inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y anotada al margen de la inscripción de la sociedad, el que durará en sus funciones mientras cuente con la confianza del socio administrador y gozará de las facultades de los factores de comercio y, en especial, de las que le otorgue MEDLOG CHILE S.A. Duración: cinco años a contar fecha constitución prorrogable periodos iguales forma indicada escritura extractada. Demás antecedentes constan escritura extractada. Santiago, 12 de julio de 2021.