IMPORTADORA JOYA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de marzo de 2006
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, 41ª Notaría, Huérfanos 1160/ subsuelo, Santiago, suplente del titular Félix Jara Cadot, certifica: por escritura pública hoy ante mí: LU ZHANG, ZHIWEI LI, ambos domiciliados en calle Conde del Maule cuatro mil ciento setenta y cinco, departamento dos mil once , comuna de Estación Central; KENYER SANDRO CARREÑO, domiciliado en calle Catedral mil doscientos ochenta y nueve departamento ochocientos uno, comuna de Santiago; y JUNIOR JOSÉ FAJARDO CARREÑO, domiciliado en calle Catedral mil doscientos ochenta y nueve departamento novecientos catorce, comuna de Santiago. LU ZHANG y ZHIWEI LI, son dueños en forma absoluta y exclusiva, de la totalidad de los derechos que les corresponden de la sociedad “IMPORTADORA JOYA LIMITADA”, en razón de un cincuenta por ciento cada uno de ellos, totalizando entonces un capital total de veinte millones de pesos, constituida por escritura pública de fecha 6 de marzo del año 2006, otorgada ante el notario de Santiago don Juan Ricardo San Martín Urrejola, inscrita en el Registro de Comercio a fojas 9626 número 6566, del CBR de Santiago correspondiente al año 2006. Sociedad modificada posteriormente. Capital social asciende a $20.000.000. Por el presente instrumento doña LU ZHANG vende, cede y transfiere el total de su participación de la sociedad corresponde al cincuenta por ciento del capital social a don KENYER SANDRO CARREÑO, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de $4.750.000, que el cesionario paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando este último haberlos recibido, por medio de su representante en su entera conformidad. Así mismo don ZHIWEI LI vende, cede y transfiere el total de su participación de la sociedad que corresponde al cincuenta por ciento del capital social a don JUNIOR JOSÉ FAJARDO CARREÑO, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de $4.750.000, que el cesionario paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando este último haberlos recibido, por medio de su representante en su entera conformidad. En consecuencia, la sociedad empresa “IMPORTADORA JOYA LIMITADA”, queda conformada por los siguientes socios: don KENYER SANDRO CARREÑO con un cincuenta por ciento del capital social y don JUNIOR JOSÉ FAJARDO CARREÑO con el restante cincuenta por ciento del capital social. Los nuevos socios KENYER SANDRO CARREÑO y don JUNIOR JOSÉ FAJARDO CARREÑO, vienen en este acto en modificar, a contar de esta fecha, la Razón Social de la empresa “IMPORTADORA JOYA LIMITADA” a la razón social de “KENDALL SPA LIMITADA”, pudiendo usar ante bancos e instituciones de todo tipo, sean públicas o privadas el mismo como nombre de fantasía “KENDALL SPA”. Que a contar de esta fecha, y por medio de este instrumento, se acuerda que la administración y el uso de la razón social corresponderá a don KENYER SANDRO CARREÑO, amplias facultades señaladas en escritura extractada. En todo lo que no se modifica en este acto, continúan vigentes las cláusulas y estipulaciones anteriores al presente instrumento. Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 08 julio de 2021.