Instrumento
- Fecha
- 15 de julio de 2021
- Notario
- María Soledad Santos Muñoz
- Oficio
- 7ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Soledad Santos Muñoz, Notario Público Titular 7ª Notaría de Santiago, con Oficio en Agustinas 1161, entrepiso, certifica: por escritura pública, de hoy ante mí, Doña LUISELIT ANDREINA CASTRO GOMEZ, Venezolana, Ingeniero Químico, Soltera, domiciliada en San Ignacio de Loyola Nº 2903, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, Don GABRIEL JOSE RAMONES SALAS, Venezolano, Ingeniero Químico, Soltero, domiciliado en San Ignacio de Loyola Nº 2903, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, constituyen sociedad por acciones. Razón social "NUTRILICIOUS SpA", sin embargo podrá actuar sin limitación alguna ante cualquier organismo, institución pública o privada, Servicio de Impuestos Internos, Bancos e Instituciones Financieras, con el nombre de fantasía de "NUTRILICIOUS". Objeto será: a) La instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas y bebidas Analcoholicas y alcohólicas preparadas para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes, entretención, catering, y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; b) servicios de comida al paso; c) fuente de soda; d) la preparación, elaboración y distribución de productos congelados; e) Panadería, pastelería; f) Servicio móvil de comida; g) la compra, venta directa, a distancia, vía Internet o comercio electrónico, cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor; h) distribución de todo tipo de bienes; i) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; j) la externalización, subcontratación, de personal externo; k) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; l) Toda actividad que él o los socios quieran desarrollar Capital $1.000.000, dividido en 1000 acciones sin valor nominal, todas de una misma serie, se suscriben y paga en este acto y en dinero efectivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 15 de julio de 2021.