Instrumento
- Fecha
- 9 de julio de 2021
- Notario
- OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ
- Oficio
- 31. Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de bienes; y, en general, toda otra actividad relacionada con las anteriores, o cualquiera otra que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ, Notario Público Titular 31. Notaría Santiago, Huérfanos 1055 local 328, certifico: Por escritura pública hoy ante mí, don DAVID ESTEBAN SAN MARTIN SOLAR, cédula de identidad número quince millones ochocientos treinta y ocho mil ochocientos cincuenta y seis guión uno, y doña CONSTANZA JAVIERA ABUJATUM SALAS, cédula de identidad número dieciséis millones trescientos cincuenta y ocho mil setecientos treinta y cuatro guión tres, ambos domiciliados en calle Valenzuela Puelma número diez mil doscientos veintiuno, casa veinticinco, comuna de La Reina, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones, razón social será: “INVERSIONES DSM SpA”, pudiendo usar como nombre de fantasía, para todos los efectos, incluidos los bancarios, el de “INVERSIONES DSM”. La sociedad tendrá por objeto: La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de bienes; y, en general, toda otra actividad relacionada con las anteriores, o cualquiera otra que acuerden los socios. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don DAVID ESTEBAN SAN MARTIN SOLAR, quien anteponiendo la razón social a su firma, la obligará en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y extraordinario. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieran abrir en el resto del país o en el extranjero, para lo cual bastará la sola voluntad del administrador de la sociedad. El capital social asciende a la suma de diez millones de pesos, divididos en mil acciones nominativas que representan el cien por ciento del capital social. Correspondiéndole al socio don DAVID ESTEBAN SAN MARTIN SOLAR, la cantidad de seiscientas acciones nominativas, suscritas y pagadas, y que representan el sesenta por ciento del capital social. No será necesario, una vez emitidas dichas acciones, imprimir las láminas físicas de los títulos en donde consten las acciones. Y a la socia doña CONSTANZA JAVIERA ABUJATUM SALAS, la cantidad de cuatrocientas acciones nominativas, suscritas y pagadas, y que representan el cuarenta por ciento del capital social. No será necesario, una vez emitidas dichas acciones, imprimir las láminas físicas de los títulos en donde consten las acciones. Cada una de las acciones asciende al valor de diez mil pesos. El monto del capital social es enterado íntegramente, en este acto, por los socios constituyentes. La sociedad empezará a regir en la fecha de la presente escritura y tendrá una duración indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 09 de Julio de 2021.