CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

FACTORING ADELANTA PROYECTA SpA

RUT 8964875-0 CVE 1979495
Fecha instrumento
25 de junio de 2021
Notaría
Providencia
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
25 de junio de 2021
Comuna
Providencia

Sociedad

Domicilio
La sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago de Chile
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

La administración de la sociedad corresponderá conjuntamente a don Juan Adrián Núñez Olivares y a don Ricardo Leonel Herrera Quiroz, con facultades estipuladas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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Fernando Celis Urrutia, Abogado, Notario de Santiago, Titular Segunda Notaría de Providencia, con Oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren Nº 2615, Providencia, Certifica: Por escritura pública, otorgada hoy ante mí, don JUAN ADRIÁN NÚÑEZ OLIVARES, chileno, casado y separado de bienes, ingeniero comercial, C.I. N° 8.964.875-0, domiciliado en Av. Manquehue 350, depto. 210, Las Condes, Santiago; y don RICARDO LEONEL HERRERA QUIROZ, chileno, casado y separado de bienes, ingeniero comercial, C.I. N° 7.032.164-5, domiciliado en Av. Echeñique 7124, Casa C, La Reina, Santiago, constituyeron la sociedad por acciones: Razón Social: “FACTORING ADELANTA PROYECTA SpA”.- Domicilio. La sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de lo cual podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero.- Duración. La duración de la sociedad será indefinida.- Objeto. La sociedad tendrá por objeto: Efectuar operaciones de factoring entre las que se comprenderán adquisición a cualquier empresa o persona natural o jurídica de cuentas por cobrar documentadas con facturas, letras de cambio, pagarés u otros documentos, con o sin responsabilidad para el cedente y adelantando o no el valor de dichos documentos, otorgar financiamiento con garantía constituida sobre los referidos documentos y la simple administración de cuentas por cobrar y demás actividades que sean complementarias de dicho objeto. Capital: El capital social ascendente a la suma de un millón de pesos en moneda nacional y dividido en cien acciones, todas nominativas, de una misma serie e igual valor y sin valor nominal, se suscribe y paga de la siguiente manera: a) Don Juan Adrián Núñez Olivares, ya individualizado, quien suscribe en este acto cincuenta acciones por un valor total de quinientos mil pesos, monto que paga en este acto, en dinero en efectivo que ingresa a la caja social; y b) Don Ricardo Leonel Herrera Quiroz, ya individualizado, quien suscribe en este acto cincuenta acciones por un valor total de quinientos mil pesos, monto que paga en este acto, en dinero en efectivo que ingresa a la caja social. El capital se encuentra completamente suscrito y pagado.- Administración: La administración de la sociedad corresponderá conjuntamente a don Juan Adrián Núñez Olivares y a don Ricardo Leonel Herrera Quiroz, con facultades estipuladas en escritura extractada.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 25 de Junio del año 2021.