MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Curifor S.A.

RUT 92909000-4 CVE 1979394
Capital
$1.000.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de mayo de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de mayo de 2021
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifica: por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 25 de mayo de 2021, se redujo a escritura pública acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas, celebrada con fecha 29 de abril de 2021, de la sociedad Curifor S.A., inscrita a fojas 7931 número 3285 del Registro de Comercio de Santiago del año 1967, en la que se acordó dividir la sociedad, subsistiendo ésta como continuadora legal, y constituyéndose con motivo de la división una nueva sociedad anónima cerrada bajo la razón social de “Curifor Inmobiliaria S.A.”, en los términos que se indican en extracto separado, lo anterior con efecto a partir de la fecha de la escritura extractada. Como consecuencia de la división acordada se disminuyó el capital social de la sociedad Curifor S.A., de la cantidad de $1.000.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones, íntegramente suscrito y pagado, a la cantidad de $939.435.691, dividido en 1.000.000 de acciones, esto es, en la cantidad de $60.564.309. Como consecuencia de la disminución de capital, se reemplazó el artículo cuarto de los estatutos sociales, por el siguiente: “Artículo Cuarto: El capital de la sociedad es de cantidad de $939.435.691, dividido en 1.000.000 de acciones, ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se pagan y enteran en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos.”; y, se reemplazo íntegramente el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales, el que no se extracta por no ser materia de este. En todo lo no modificado, rigen íntegramente los estatutos sociales de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 14 de julio de 2021.