MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRICOLA Y COMERCIAL CUCHIPUY LIMITADA

RUT 76363714-K CVE 1979012
Capital
$12.454.219 CLP
Fecha instrumento
9 de julio de 2021
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
9 de julio de 2021
Notario
RAUL ANDRES DURAN GONZALEZ
Oficio
Primera Notaría de la Comuna de San Vicente

Sociedad

Capital
$12.454.219 CLP
Domicilio
La ciudad de San Vicente de Tagua Tagua
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad por acciones es la realización por cuenta propia y)o de terceros y)o asociada a terceros, de las siguientes actividades: Agrícola, Avícola, comisionista, y la contratación y subcontratación de trabajadores agrícolas, aun de temporada, el contrato de personas para destinarlas a la actividad agrícola dentro y)o fuera de la Comuna, la cosecha u otro trabajo. La explotación del rubro del transporte terrestre de personas, sea nacional e internacional, urbano y rural, por cuenta propia o ajena, sea de personas y)o de carga o mercaderías propias o ajenas, en vehículos propios o de terceros; servicios de mantención y reparación de todo tipo de vehículos motorizados y maquinarias; la comercialización de frutos del país y cualquier otro giro que los socios acuerden. Podrán desarrollarse los socios como contratistas agrícolas, y, en general destinar la sociedad a cualquier otro negocio o actividad que directa o indirectamente estén relacionada con el objeto antes descrito

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RAUL ANDRES DURAN GONZALEZ, Abogado, Notario Público Suplente de la Primera Notaría de la Comuna de San Vicente, con oficio en esta ciudad, calle Exequiel Gonzalez número doscientos sesenta y ocho - B, CERTIFICA: Por escritura publica hoy ante mí, señores, HENRY EDUARDO PAVEZ NUÑEZ, chileno, agricultor, divorciado, cédula nacional de identidad 11.891.797-9, domiciliado en María Luisa Araneda 2041, Población Manuel Ford, Comuna de San Vicente y don JORGE RODRIGO PAVEZ NUÑEZ, chileno, agricultor, casado, cedula nacional de identidad12.517.338-1, domiciliado en Pasaje Las Petunias 681, Población Primera Dama, Comuna de San Vicente; MODIFICAN “SOCIEDAD AGRICOLA Y COMERCIAL CUCHIPUY LIMITADA” O “SOCIEDAD CUCHIPUY LIMITADA” Rut 76.363.714-k .- MODIFICACION: don HENRY EDUARDO PAVEZ NUÑEZ vende, cede y transfiere el ciento por ciento de su participación social, ascendente al 50% de los derechos sociales a don JORGE RODRIGO PAVEZ NUÑEZ, quien los compra, adquiere y acepta para sí. De esta forma el socio HENRY EDUARDO PAVEZ NUÑEZ se desprende de la totalidad de los derechos sociales que le cabían en la sociedad, otorgándose recíprocamente el más amplio, total y completo finiquito. El precio de esta compraventa y cesión es la suma de $5.000.000 de pesos que se pagan en este acto al contado y en dinero en efectivo, declarando el vendedor y cedente haberlo recibido a su entera y total conformidad.- TRANSFORMACION: En virtud de que se ha reunido en manos de una sola persona la totalidad de los derechos, acciones y participación en el capital social, y de acuerdo a lo señalado en los artículos cuatrocientos veinticuatro a cuatrocientos cuarenta y seis del código de comercio, introducidos por el artículo diecisiete transitorio de la Ley número veinte mil ciento noventa de cinco de Junio de dos mil siete, que establece las sociedades por acciones, don JORGE RODRIGO PAVEZ NUÑEZ, chileno, agricultor, casado, cedula nacional de identidad número 12.517.338-1, domiciliado en Pasaje Las Petunias 681 seiscientos ochenta y uno, Población Primera Dama, Comuna de San Vicente; decide transformar la “SOCIEDAD AGRICOLA Y COMERCIAL CUCHIPUY LIMITADA” O “SOCIEDAD CUCHIPUY LIMITADA” en UNA SOCIEDAD POR ACCIONES, la que se regirá por las estipulaciones contenidas en los estatutos contenido en el presente instrumento y en lo que no esté previsto en ellos, por las normas pertinentes del Código de Comercio, en particular sus artículos cuatrocientos veinticuatro a cuatrocientos cuarenta y seis introducido por el artículo diecisiete transitorio de la Ley número veinte mil ciento noventa de cinco de Junio de dos mil siete y, supletoriamente por las disposiciones de la ley número dieciocho mil cuarenta y seis y su reglamento. NOMBRE: “SOCIEDAD AGRICOLA Y COMERCIAL CUCHIPUY SpA” nombre de fantasía “SOCIEDAD CUCHIPUY SpA”.- OBJETO: El objeto de la sociedad por acciones es la realización por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, de las siguientes actividades: Agrícola, Avícola, comisionista, y la contratación y subcontratación de trabajadores agrícolas, aun de temporada, el contrato de personas para destinarlas a la actividad agrícola dentro y/o fuera de la Comuna, la cosecha u otro trabajo. La explotación del rubro del transporte terrestre de personas, sea nacional e internacional, urbano y rural, por cuenta propia o ajena, sea de personas y/o de carga o mercaderías propias o ajenas, en vehículos propios o de terceros; servicios de mantención y reparación de todo tipo de vehículos motorizados y maquinarias; la comercialización de frutos del país y cualquier otro giro que los socios acuerden. Podrán desarrollarse los socios como contratistas agrícolas, y, en general destinar la sociedad a cualquier otro negocio o actividad que directa o indirectamente estén relacionada con el objeto antes descrito. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $12.454.219, moneda legal chilena, suma de dinero que se desglosa de la siguiente forma: $10.000.000 de pesos por concepto de capital propio y la diferencia, es decir, $2.454.219 pesos, por efectos de revalorización del capital propio. El capital está dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, iguales, de una misma serie y sin valor nominal, que suscribe el compareciente, y que se encuentra completamente pagado y enterado en la caja social al contado y en dinero efectivo.- ADMINISTRACION, y uso de la razón social corresponderá a don JORGE RODRIGO PAVEZ NUÑEZ, amplias facultades conforme al articulo duodécimo del estatuto social.- PLAZO: indefinido a contar de la fecha de esta escritura.- DOMICILIO: La ciudad de San Vicente de Tagua Tagua, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que los socios acordaren establecer en otros puntos del país o del extranjero.- Los accionistas solo serán responsables hasta el monto de su respectivo aportes en la sociedad.- Demás estipulaciones escritura extractada.- San Vicente,09 de Julio de 2021.-