Instrumento
- Fecha
- 14 de julio de 2021
- Repertorio
- 10609-2021
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad es efectuar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, inversiones en toda clase de bienes, sean estos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, derechos reales y personales, acciones, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios y en toda clase de instrumentos de inversión, en moneda nacional o extranjero y otros títulos de crédito que existan actualmente o se creen en el futuro incluyendo la administración, transferencia, explotación, usufructo y disposiciones de esas inversiones y la percepción de sus frutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda N° 359, comuna de Providencia, certifico que por instrumento privado otorgado con fecha 5 de julio de 2021, protocolizado ante mí con fecha 6 de julio de 2021, repertorio N° 10.609-2021, Pablo Gabriel Lührs Raggio, constituyó una sociedad por acciones, cuyas menciones extractables son las siguientes: Nombre: “Inversiones Triple Diez SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad es efectuar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, inversiones en toda clase de bienes, sean estos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, derechos reales y personales, acciones, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios y en toda clase de instrumentos de inversión, en moneda nacional o extranjero y otros títulos de crédito que existan actualmente o se creen en el futuro incluyendo la administración, transferencia, explotación, usufructo y disposiciones de esas inversiones y la percepción de sus frutos. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal. De las 100 acciones en que se divide el capital social, 1 acción fue suscrita y pagada en el acto de la constitución social, por un total de $10.000, mientras que las restantes 999 acciones deberán quedar íntegramente suscritas y pagadas dentro del plazo fijado en los estatutos de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Doy fe.- Santiago, 14 de julio de 2021.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.-