CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

HG ADVISORY LIMITADA

CVE 1978478
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
5 de julio de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
5 de julio de 2021
Repertorio
8778/2021
Notario
MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA
Oficio
21º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

N. fantasía
HG Advisory Ltda
Capital
$1.000 CLP
Duración
El plazo de duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de la escritura pública de constitución de la sociedad. Dicho plazo se entenderá prorrogado automáticamente, en forma tácita y sucesiva, por períodos iguales y consecutivos de 5 años cada uno, salvo que uno o más de los socios manifieste su voluntad de ponerle término con una anticipación mínima de 6 meses a la fecha de expiración del plazo o prórroga respectiva, mediante escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social con la misma anticipación antes señalada. Las

Objeto social

El objeto de la sociedad será: Uno) La prestación de toda clase de servicios de asesorías profesionales a terceras personas, sean naturales o jurídicas, en materias de orden contable, tributario, laboral y administrativo; Dos) La prestación de servicios profesionales de auditoría contable, financiera y tributaria, y de inspecciones de cuentas, a personas naturales, jurídicas o cualquier entidad susceptible de ser auditada, en Chile o en el extranjero, y; Tres) Efectuar inversiones en bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, pudiendo comprar, vender, arrendar, aportar en dominio o conservar tales inversiones, tomar interés o participar como socio o accionista en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, prometer y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a los socios Hernán Gonzalo Verdugo Scarabello y Gabriel Alejandro Luna Opazo, quienes actuando conjuntamente y anteponiendo a su firma la razón social, representarán y obligarán a la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones, sin que la enumeración de facultades señaladas en la escritura extractada sea taxativa, y actuaran individualmente para determinadas facultades que se señalan específicamente en el pacto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público de la 21º Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 5/7/2021 repertorio Nº 8.778/2021, ante mí: Hernán Gonzalo Verdugo Scarabello, con domicilio en calle Valle de Rapel Poniente Nº3.544, Comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, y Gabriel Alejandro Luna Opazo, con domicilio en Avenida Chamisero Nº17.860, Casa 48, Comuna de Colina, Región Metropolitana, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada, fijando su Pacto Social, en los siguientes términos: La razón social: HG ADVISORY LIMITADA. Nombre de fantasía: HG Advisory Ltda. Administración y uso de la razón social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a los socios Hernán Gonzalo Verdugo Scarabello y Gabriel Alejandro Luna Opazo, quienes actuando conjuntamente y anteponiendo a su firma la razón social, representarán y obligarán a la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones, sin que la enumeración de facultades señaladas en la escritura extractada sea taxativa, y actuaran individualmente para determinadas facultades que se señalan específicamente en el pacto social. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000 que los socios aportan, enteran y pagan en la forma, proporción y oportunidad que a continuación se indica: a) Hernán Gonzalo Verdugo Scarabello, aporta la suma de $500.000, equivalente a un 50% de los derechos sociales; el cual enterará y pagará dentro del plazo de un año a contar de la fecha de constitución de la sociedad; y b) Gabriel Alejandro Luna Opazo aporta la suma de $500.000, equivalente a un 50% de los derechos sociales, el cual enterará y pagará dentro del plazo de un año a contar de la fecha de constitución de la sociedad. Objeto social: El objeto de la sociedad será: Uno) La prestación de toda clase de servicios de asesorías profesionales a terceras personas, sean naturales o jurídicas, en materias de orden contable, tributario, laboral y administrativo; Dos) La prestación de servicios profesionales de auditoría contable, financiera y tributaria, y de inspecciones de cuentas, a personas naturales, jurídicas o cualquier entidad susceptible de ser auditada, en Chile o en el extranjero, y; Tres) Efectuar inversiones en bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, pudiendo comprar, vender, arrendar, aportar en dominio o conservar tales inversiones, tomar interés o participar como socio o accionista en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, prometer y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Duración: El plazo de duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de la escritura pública de constitución de la sociedad. Dicho plazo se entenderá prorrogado automáticamente, en forma tácita y sucesiva, por períodos iguales y consecutivos de 5 años cada uno, salvo que uno o más de los socios manifieste su voluntad de ponerle término con una anticipación mínima de 6 meses a la fecha de expiración del plazo o prórroga respectiva, mediante escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social con la misma anticipación antes señalada. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 09 de julio de 2021.-