Instrumento
- Fecha
- 18 de junio de 2021
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad es la compra, venta, importación o exportación, distribución, almacenamiento, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes muebles, artículos, materias primas y productos; la manufactura de bienes muebles y su comercialización; prestar toda clase de asesorías y cursos relacionadas con el desarrollo de actividades de productos manufacturados destinadas a personas vulnerables y que presenten necesidades económicas; y celebrar toda clase de actos, contratos o negocios directa o indirectamente relacionado con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 18 de junio de 2021, ante mí, doña Susana Andrea Gerdes Veliz, domiciliada en Pasaje Chapihue 2589, comuna de la Florida y a doña Viviana Eugenia Gonzalez Mandujano, domiciliada en Pasaje Paseo Los Corcolenes 8476, comuna de la Florida, constituyeron sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre o Razón Social: "Mundo Avellana Recursos Pedagógicos SpA". Objeto: El objeto de la Sociedad es la compra, venta, importación o exportación, distribución, almacenamiento, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes muebles, artículos, materias primas y productos; la manufactura de bienes muebles y su comercialización; prestar toda clase de asesorías y cursos relacionadas con el desarrollo de actividades de productos manufacturados destinadas a personas vulnerables y que presenten necesidades económicas; y celebrar toda clase de actos, contratos o negocios directa o indirectamente relacionado con el objeto social. Capital: El capital de la sociedad asciende al monto de $2.000.000.-, que se encuentra suscrito y pagado en su totalidad en la forma que se expresa en el Artículo Primero Transitorio de la escritura de constitución. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 13 de julio de 2021.