CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES TREGUA LIMITADA

RUT 77401996-0 CVE 1978372
Capital
$333.333.334 CLP
Fecha instrumento
17 de junio de 2021

Instrumento

Fecha
17 de junio de 2021
Repertorio
1697
Notario
LUIS ENRIQUE ESPINOZA GARRIDO
Domicilio
Pucón

Sociedad

Capital
$333.333.334 CLP
Domicilio
La sociedad tendrá como domicilio comuna de Pucón.- Las utilidades que se generen y las eventuales pérdidas sociales se distribuirán o absorberán por los socios en proporción a sus

Objeto social

El objeto de la sociedad será la compra y venta, comercialización, arrendamiento, sub arrendamiento, corretaje, u otra forma de explotación, de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; se comprende en el giro la explotación agrícola de predios rústicos; la adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles en general; la compra y venta de efectos de comercio, como valores mobiliarios, acciones, monedas digitales, acciones y otros; y la inversión en bienes muebles e inmuebles; y cualquier otro negocio que acordaren los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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LUIS ENRIQUE ESPINOZA GARRIDO, Abogado, Notario Público Titular de Pucón, Oficio en calle General Urrutia N°283, Oficina 26, Pucón, certifica: Por escritura pública del 17.06.2021, Repertorio 1697, ante mí, comparecieron: Augusto Patricio Radovan Berho, Pasaje La Cumbre Oriente N°896, Lomas de Mira Sur, Temuco; Pablo Andrés Venturelli Gallegos en representación de Inversiones Piara Limitada, Rut. 77.401.996-0, Camino Botrolhue Nº02483, Dpto.802-C, Condominio Alta Vista, Temuco; Nicolas Manuel Gedda Rioseco, Condominio Lomas de Villarrica, Parcela 32, Villarrica; Flavio Alejandro Fernández Monsalve, calle Bernardo Ohiggins N°774 Of. 2205, Pucón; Asados La Campestre Spa, Rut. 76.836.444-3, representada por Ismael Barros López y por Inversiones Ortiz Limitada, la que a su vez es representada por Juan Manuel Ortiz Rodriguez, domiciliados en Arquitecto Pauly N°2566, Providencia; Alfredo José Grossi Carrasco, Cerro El Plomo N°6678, dpto. 1903, Las Condes; Luis Felipe Cerqueira Ribeiro en representación de Comercial e Inversiones Cerqueira Limitada, Rut. 77.385.589-7, Camino al Volcan, Km 3, Loteo Payllahuen, Pucón; y Rodrigo Esteban Jara Campos, calle Arauco N°302, oficina 3, Pucón; quienes constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada cuya RAZÓN SOCIAL es “INMOBILIARIA E INVERSIONES TREGUA LIMITADA”. Sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía “INMOBILIARIA E INVERSIONES TREGUA LTDA.”. OBJETO. El objeto de la sociedad será la compra y venta, comercialización, arrendamiento, sub arrendamiento, corretaje, u otra forma de explotación, de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; se comprende en el giro la explotación agrícola de predios rústicos; la adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles en general; la compra y venta de efectos de comercio, como valores mobiliarios, acciones, monedas digitales, acciones y otros; y la inversión en bienes muebles e inmuebles; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. La ADMINISTRACIÓN, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá, indistintamente, a LUIZ FELIPE CERQUEIRA RIBEIRO, RODRIGO ESTEBAN JARA CAMPOS y AUGUSTO PATRICIO RADOVAN BERHO, quienes actuando por la sociedad, en forma indistinta o separada, conjunta o alternada, y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con amplias facultades pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, salvo los que se indican al final en el pacto social, donde se requerirá de la firma conjunta de, a lo menos dos, de los tres administradores, para: prometer comprar y prometer vender, adquirir, comprar, enajenar, vender y arrendar, toda clase de bienes muebles e inmuebles, bienes raíces, negocios y establecimientos de comercio; hipotecar, gravar, dar en prenda, constituir derechos reales; celebrar, contratar y operar cuentas corrientes bancarias y mercantiles; girar y sobregirar en cuentas corrientes, girar cheques; celebrar contratos de préstamos, mutuos; avalar letras de cambio, pagarés, vales o cualesquiera otros documentos bancarios o mercantiles; Constituir a la sociedad en fiadora y codeudora solidaria; novar y transigir; dar poderes generales y especiales con administración de bienes o sin ella, revocarlos y renovarlos, delegar este poder en todo o en parte y reasumir.- Se deja constancia que todas o algunas de estas facultades que requieren la firma conjunta de a lo menos dos administradores podrán ser delegadas en quien nombren los mismos, por mandato general o especial.- Demás facultades y limitaciones ver pacto social.- CAPITAL.- El capital social son $333.333.334. en dinero efectivo y que ingresan a caja social así: A. AUGUSTO PATRICIO RADOVAN BERHO, aporta $20.000.000 equivale 6% del capital. B. PABLO ANDRES VENTURELLI GALLEGOS en representación de INVERSIONES PIARA LTDA aporta $20.000.000 equivale al 6%. C. NICOLAS MANUEL GEDDA RIOSECO, aporta $20.000.000 equivale 6%. D. FLAVIO ALEJANDRO FERNANDEZ MONSALVE, aporta $10.000.000 equivale al 3%. E. ISMAEL BARROS LOPEZ e INVERSIONES ORTIZ LIMITADA, esta última representada por JUAN MANUEL ORTIZ RODRIGUEZ, en nombre y representación de “ASADOS LA CAMPESTRE SpA”, aporta $20.000.000 equivale al 6%. F. ALFREDO JOSE GROSSI CARRASCO, aporta $13.333.334 equivale 4%. G. COMERCIAL E INVERSIONES CERQUEIRA LIMITADA, representada por Luiz Felipe Cerqueira Ribeiro, aporta $220.000.000 que entera: i) En este acto $20.000.000 en efectivo; ii) y el saldo de $200.000.000 se enterará en un plazo de tres años a partir de ésta fecha o en la forma y condiciones que acuerden o le reconozcan los socios, que equivale al 66% del capital social. H. RODRIGO ESTEBAN JARA CAMPOS, aporta $10.000.000 equivale al 3% del capital social. Total capital social $333.333.334, de los cuales se han ingresado a la caja social $133.333.334 y por enterar $200.000.000 en 3 años.- DOMICILIO. La sociedad tendrá como domicilio comuna de Pucón.- Las utilidades que se generen y las eventuales pérdidas sociales se distribuirán o absorberán por los socios en proporción a sus aportes. Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. La sociedad empezará a regir una vez que se firma la presente escritura y tendrá una duración de quince años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de poner término al final del período que estuviere en curso. Demás cláusulas ver pacto social. Pucón, a 17 de Junio del año 2021.