MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Desarrollos e Inversiones Agsa Limitada

RUT 76822826-4 CVE 1977505
Capital
$34.444 CLP
Fecha instrumento
10 de junio de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
10 de junio de 2021
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
8º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$34.444 CLP
Duración
La duración de la sociedad será de 15 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de 15 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. La

Objeto social

El objeto de la sociedad es la tenencia de los derechos sociales y administración de la sociedad Agrícola Doña Javiera Limitada, a través de la cual se desarrollan actividades inmobiliarias y agrícolas en el país

Administración

La administración, representación y uso de la razón social corresponderán a don Patricio Ábalos Labbé. El administrador tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 10 de junio de 2021, otorgada ante mí, Patricio Ábalos Labbé e Inmobiliaria Prime Limitada, ambos domiciliados en Avenida Américo Vespucio, número 100, piso 17, comuna de Las Condes, Santiago, modificaron la sociedad Desarrollos e Inversiones Agsa Limitada en los siguientes términos: (A) Dividir la Sociedad en 2 sociedades de responsabilidad limitada, conservando Desarrollos e Inversiones Agsa Limitada, en calidad de continuadora legal, su razón social y objeto, y constituyendo una nueva sociedad: Inmobiliaria Santa Elena Limitada; (B) Como consecuencia de la división, se acordó disminuir el capital social de Desarrollos e Inversiones Agsa Limitada a la suma de $63.781.016. Como consecuencia de lo anterior, se acordó sustituir el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: "Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $63.781.016, que ha sido aportado por los socios en los siguientes montos: i) don Patricio Ábalos Labbé, con la suma de $63.781.015, equivalente a un 99,999999 de los derechos sociales y; ii) Inmobiliaria Prime Limitada, con la suma de $1, equivalente a un 0,000001% de los derechos sociales; el cual, a la fecha, se encuentra íntegramente pagado”. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes; (C) Aprobar los estatutos de Inmobiliaria Santa Elena Limitada que nace producto de la división de Desarrollos e Inversiones Agsa Limitada, de los cuales se extracta lo siguiente: Razón social: La razón o firma social de la sociedad es INMOBILIARIA SANTA ELENA LIMITADA, pudiendo usar para efectos bancarios, comerciales y de publicidad la expresión INMOBILIARIA SANTA ELENA LTDA., con la que se obligará a la sociedad de la misma manera que si actuara con su razón social íntegra. Administración y uso de la razón social: La administración, representación y uso de la razón social corresponderán a don Patricio Ábalos Labbé. El administrador tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $34.444, que los socios aportan de la siguiente forma: /a/ don Patricio Ábalos Labbé, la suma de $34.443, equivalente aproximadamente al 99,99% de los derechos sociales, íntegramente enterado y pagado en dinero a entera satisfacción de la sociedad; y /b/ Inmobiliaria Prime Limitada, la suma de $1, equivalente aproximadamente al 0,01% de los derechos sociales, íntegramente enterado y pagado en dinero a entera satisfacción de la sociedad. Objeto: El objeto de la sociedad es la tenencia de los derechos sociales y administración de la sociedad Agrícola Doña Javiera Limitada, a través de la cual se desarrollan actividades inmobiliarias y agrícolas en el país. Duración: La duración de la sociedad será de 15 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de 15 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de extracto para legalización. Santiago, 12 de julio de 2021.