MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ÓPTICAS GRANDVISION CHILE LIMITADA

RUT 76025494-0 CVE 1976714
Capital
$26.950.000.000 CLP
Fecha instrumento
1 de julio de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
1 de julio de 2021
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$26.950.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular 34ª Notaría de Santiago, domiciliado en calle Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 1 de julio de 2021, ante mí, CHILE HOLDING ÓPTICO S.A y RyK HOLDING SpA, ambas domiciliadas, para estos efectos, en Avenida del Parque 4160, Huechuraba, Santiago, y GRANDVISION CHILE B.V., domiciliada, para estos efectos, en Avenida Apoquindo 3721, piso 14, Las Condes, Santiago, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada ÓPTICAS GRANDVISION CHILE LIMITADA (inscrita Fs. 31.751 N°21.778 Reg. Comercio Stgo. del año 2008, en adelante, la “Sociedad”), como sigue: (1) Transferencias de derechos sociales: GRANDVISION CHILE B.V. vendió, cedió y transfirió a RyK HOLDING SpA, quien compró, aceptó y adquirió para sí, la totalidad de sus derechos en la Sociedad, correspondientes al 0,00000371% del total de los derechos sociales. (2) Capital y participación de los socios: A consecuencia de lo anterior, quedaron como únicos y actuales socios de la Sociedad, CHILE HOLDING ÓPTICO S.A. y RyK HOLDING SpA, y el capital social y participación de los socios quedaron como sigue: $26.950.000.000, que los socios aportan y pagan de la siguiente manera: /a/ CHILE HOLDING ÓPTICO S.A., $26.949.999.000, que corresponden al 99,99999629% de los derechos sociales de la Sociedad, los que se han aportado con anterioridad a fecha de escritura extractada en dinero efectivo; /b/ RyK HOLDING SpA, $1.000, que corresponden al 0,00000371% de los derechos sociales de la Sociedad, los que se han aportado con anterioridad a fecha de escritura extractada en dinero efectivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Responsabilidad de los socios limitada al monto de sus respectivos aportes.- Santiago, 09 de julio de 2021. Eduardo Javier Diez Morello, Notario Público.-