MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES EL AROMO LIMITADA

RUT 77235630-7 CVE 1975949
Fecha instrumento
16 de junio de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
16 de junio de 2021
Notario
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
Vigésima Séptima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

Para los fines anteriores, y sin que la siguiente enumeración sea taxativa, tendrán, entre otras, facultades para:”; 2) se eliminó y dejó sin efecto el Artículo Décimo Octavo del estatuto social, eliminando el Consejo Asesor

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, Orrego Luco N°0153, Providencia, Región Metropolitana, certifica que: por escritura pública de fecha 16 de junio de 2021, ante mí, don Isidoro Ernesto Quiroga Moreno, domiciliado en Av. Presidente Riesco 5711, Oficina 1602, Las Condes, Santiago, y doña María Victoria Quiroga Moreno y don Luis Felipe Correa González, ambos en representación de Inversiones Lago Colico Limitada, domiciliada en Av. Presidente Riesco 5711, Oficina 1603, Las Condes, Santiago, modificaron la sociedad INVERSIONES EL AROMO LIMITADA, constituida por escritura pública 26 de noviembre de 1998, otorgada en la Notaría de Santiago de don José Musalem Saffie, cuyo extracto fue inscrito a fojas 30.138, número 24.145, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1998, y publicado en el Diario Oficial de fecha 19 de diciembre del mismo año, en el siguiente sentido: 1) se modificó estatuto social, sustituyendo la primera parte del Artículo Quinto, antes del número UNO) de dicho artículo, por la siguiente: "ARTÍCULO QUINTO: Administración de la Sociedad: La administración y el uso de la razón social, corresponderá a doña MARÍA VICTORIA QUIROGA MORENO, don ISIDORO ALFONSO QUIROGA CORTÉS, don LUIS FELIPE CORREA GONZÁLEZ y don MARTÍN ABRAHAM GUILOFF SALVADOR, quienes deberán actuar conjuntamente, uno cualquiera de los señores Isidoro Alfonso Quiroga Cortés o María Victoria Quiroga Moreno, con uno cualquiera de los señores Luis Felipe Correa González o Martín Abraham Guiloff Salvador, y anteponiendo la razón social a sus firmas, representarán a la sociedad, con las más amplias facultades, pudiendo ejercer dicha representación en todas las materias, negocios, operaciones, procedimientos, actos, juicios, convenios, etcétera, relacionados con el objeto de la sociedad o que se estimen necesarios o convenientes para su objeto. Para los fines anteriores, y sin que la siguiente enumeración sea taxativa, tendrán, entre otras, facultades para:”; 2) se eliminó y dejó sin efecto el Artículo Décimo Octavo del estatuto social, eliminando el Consejo Asesor. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 01 de julio de 2021.